Juicio a Nicolás Maduro y Cilia Flores: OFAC modifica licencias y permite que la defensa reciba honorarios legales del régimen venezolano

El juicio a Nicolás Maduro y Cilia Flores es un proceso que no deja de arrojar sorpresas, tal es el viraje de los acontecimientos previos con la modificación de licencias por parte de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), las cuales permiten que la defensa reciba honorarios legales del régimen venezolano a cargo de Delcy Rodríguez.

La Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York comunicó al tribunal homónimo a cargo del juez, Alvin K. Hellerstein, la decisión del despacho gubernamental a cargo del departamento del Tesoro de Estados Unidos

En razón de esta resolución, los acusados retiraron sus mociones para desestimar los cargos, puesto que el conflicto sobre el financiamiento de su representación se considera resuelto. Las partes solicitan una extensión de los plazos procesales para que los abogados analicen las pruebas disponibles antes de la próxima audiencia.

Lea también: Trama PDVSA Cripto liderada por Tareck El Aissami va a juicio: ¿justicia o purga política de Delcy Rodríguez?

Juicio a Nicolás Maduro: resolución del conflicto de financiamiento

El 24 de abril de 2026, el fiscal de Nueva York, Jay Clayton, a través de sus ficales auxiliares, Kaylan E. Lasky, Henry L. Ross, Kevin T. Sullivan y Kyle A. Wirshba, remitió una comunicación al juez, Alvin K. Hellerstein, titular del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York sobre la resolución de un conflicto relacionado con el financiamiento de la defensa de los acusados, Nicolás Maduro Moros y Cilia Flores de Maduro.

El gobierno informó al tribunal que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) emitió licencias enmendadas que permiten a los abogados defensores recibir pagos del régimen de Venezuela bajo condiciones específicas.

En razón de la resolución del conflicto, las partes solicitaron conjuntamente una conferencia de seguimiento y la exclusión de tiempo bajo la Ley de Juicio Rápido para proceder con el descubrimiento de pruebas.

Las Licencias de la OFAC

La intervención de la OFAC restituyó la capacidad de los abogados defensores para recibir honorarios lo que constituye un avance es fundamental para la continuidad del proceso de juicio a Nicolás Maduro y Cilia Flores, al tiempo que establece un marco regulado para las transacciones financieras entre el régimen de Venezuela y los equipos legales en los Estados Unidos.

Las licencias emitidas por la OFAC imponen restricciones estrictas sobre el origen de los fondos destinados al pago de la defensa:

Temporalidad de los fondos: los pagos autorizados deben realizarse exclusivamente con fondos que hayan estado a disposición del Gobierno de Venezuela después del 5 de marzo de 2026.

Restricción de depósitos específicos: los pagos no pueden derivarse de los «Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros», tal como se definen en la Orden Ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026.

Estatus de las mociones de desestimación

Ante la medida gubernamental los demandados, Nicolás Maduro y Cilia Flores, retiraron formalmente sus mociones para desestimar la acusación formal sustitutiva en su contra.

El gobierno de los Estados Unidos entiende que las licencias enmendadas resuelven los problemas que fundamentaban dichas mociones, convirtiéndolas en materia discutible o sin objeto.

El retiro se realiza «sin perjuicio», lo que otorga a la defensa la facultad de volver a presentar mociones similares si surgieran problemas de la misma índole en el futuro.

Solicitudes procesales

Las partes —defensa de Nicolás Maduro y Cilia Flores junto a la Fiscalía— presentaron solicitudes conjuntas para organizar el calendario procesal y así avanzar en las etapas críticas de descubrimiento y preparación del juicio.

Solicitaron al Tribunal que excluya el tiempo procesal conforme a la Ley de Juicio Rápido.

El gobierno sostiene que los fines de la justicia se ven mejor servidos al otorgar esta exclusión que manteniendo el interés del público y de los acusados en un juicio rápido inmediato.

El tiempo es requerido para que el gobierno produzca el descubrimiento, los abogados de la defensa revisen dicho material y se determinen qué mociones previas al juicio se presentarán.

Las partes solicitaron que el Tribunal programe una conferencia de estatus en un plazo aproximado de 60 días a partir de la fecha de la comunicación.

Vea en Sin Filtros “IRÁN ARRASTRA A OCCIDENTE: guerra asimétrica, Trump en juego, Venezuela y América Latina”: