In Infodio

Para justificar la suspensión de RCTVi por parte de las cableras, el ministro Diosdado Cabello recurre a todo tipo de argumentos. Comenzó diciendo que RCTVi tenía que cumplir con las limitaciones y regulaciones impuestas a las empresas de televisión nacional, dado que había transmitido un alto porcentaje de contenido producido localmente, durante los 4 meses anteriores al 22 de diciembre de 2009, cuando se publicaron y entraron en vigencia las nuevas regulaciones. .

Da la casualidad de que en el período de 4 meses descrito, RCTVi podría haber transmitido el 100% del contenido de producción nacional, ya que en ese momento ni siquiera existían leyes que regularan los porcentajes permitidos de contenido de producción nacional versus internacional, ergo no había limitaciones en este respeto. La insistencia en aplicar la ley con carácter retroactivo, es decir durante los 4 meses anteriores a la fecha de su entrada en vigor, vulnera el principio de irretroactividad de la ley.

Ante la condena nacional e internacional por la violación de este principio universalmente aceptado, el gobierno argumentó entonces que CONATEL (el organismo de control de medios de Venezuela) no había cerrado ningún canal, sino que eran las empresas de cable las que habían decidido sacar la señal de RCTVi de su programación.

Era evidente para todos, como refleja el comunicado de la OEA, que el gobierno amenazó a los operadores de cable, si estos no lograban sacar de su programación a las empresas de TV que no cumplieran con la ley. Estas empresas, sin avisos escritos, en ausencia total de procedimientos administrativos o judiciales, sin sentencia ni órdenes judiciales, cedieron ante la presión del gobierno. Esto sienta un grave precedente en materia de derechos humanos en Venezuela, pues el gobierno utilizó a empresas privadas como instrumentos de represión.

Por último, a pesar de que RCTVi había realizado los trámites de ley ante CONATEL, el 13 de enero de 2010, es decir, dos días antes del plazo establecido, el gobierno trató de justificar su decisión argumentando que RCTVi no se había presentado ante el organismo de control. , «adoptando una postura arrogante». El 8 de febrero, RCTVi llenó nuevamente la documentación requerida, esta vez con el consejo legal de CONATEL, que acusó recibo oficial de la documentación, por segunda vez.

El 11 de febrero, CONATEL contestó a RCTVi aceptando que RCTVi efectivamente entregó los trámites y la documentación correspondiente en las fechas descritas, sin embargo, dictaminó que RCTVi fue clasificada como emisora ​​nacional en base a la programación emitida entre el 22 de septiembre y el 21 de diciembre de 2009, es decir aplicando la ley con carácter retroactivo, lo cual es ilegal e inconstitucional.

Así queda claro, en primer lugar, que el argumento del Ministro Cabello de que RCTVi no había ido a CONATEL a entregar documentación era incorrecto. En segundo lugar, la decisión de clasificar a RCTVi como una emisora ​​nacional, en lugar de internacional, sigue apoyándose en una aplicación retroactiva de la ley. En tercer lugar, la intención del Ministro Cabello siempre ha sido ejercer una presión indebida sobre los operadores de cable para que la señal de RCTVi sea retirada de la programación.

Seguimos con la lucha por recuperar la señal abierta que nos fue arrebatada ilegalmente, con la certeza de que pronto podremos volver a brindar información y entretenimiento a millones de venezolanos…

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