Presidente de la ONG española APEDANICA denuncia nueva oleada de censura de resultados de búsqueda en Google

@miguelgallardo Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: [email protected]

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf 

Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE en EG 349/2021 con copia para Fiscal General del Estado Dolores Delgado y Fiscal-Jefe Anticorrupción Alejandro Luzón por recurso de reposición publicado en www.miguelgallardo.es/fiscal-ana-estelles-marti-repone.pdf 

https://cita.es/fiscal-ana-estelles-marti-repone  

Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz PhD, como mejor proceda presenta recurso de reposición contra el decreto EG 349/2021 publicado íntegro en https://cita.es/fiscal-ana-estelles-marti-reponible.pdf que, según se ve al final, fue firmado con fecha 3.1.22 por el TENIENTE FISCAL INSPECTOR Javier Rufino Rus en sustitución de la Fiscal Jefa Inspectora (art. 22.6 EOMF), con estas ALEGACIONES:

PREVIA.- Aunque la denuncia inicial se centra en la IGNORANCIA INEXCUSABLE o presunta IGNORANCIA DELIBERADA, de la fiscal denunciada Ana Estellés Martí, el fondo del asunto es la censura en Internet con posible aplicación del Artículo 538 del Código Penal:

La autoridad o funcionario público que establezca la censura previa o, fuera de los casos permitidos por la Constitución y las Leyes, recoja ediciones de libros o periódicos o suspenda su publicación o la difusión de cualquier emisión radiotelevisiva, incurrirá en la pena de inhabilitación absoluta de seis a diez años.

Así como por cuantas faltas sancionables puedan cometer funcionarios públicos relacionados para favorecer a quien hace negocio censurando. Todos fiscales y otros funcionarios relacionados con Legal Eraser SL o similares deberían tener muy presente ese artículo del Código Penal, así como el art. 95 j) del Estatuto Básico del Empleado Público que tipifica como falta muy grave “La prevalencia de la condición de empleado público para obtener un beneficio indebido para sí o para otro“. En lo que sigue se hacen alegaciones sobre lo ignorado, favoreciendo un negocio censurador, en el expediente de la inspección EG 349/2021.

Recientemente, la Fiscalía General del Estado FGE ha requerido a todos los fiscales superiores de las 17 comunidades autónomas datos extremadamente sensibles presuntamente encubiertos por organizaciones poderosas e influyentes, muy capaces de obligar a censurar hechos penalmente relevantes. Los hechos denunciados pueden tener consecuencias inimaginables considerando que la fiscal denunciada ha favorecido a quienes se jactan de haber censurado más de 450.000 enlaces de Internet en los que hay datos de condenas por corrupción, e indicios racionales de criminalidad.

1ª El TENIENTE FISCAL INSPECTOR Javier Rufino Rus ignora hechos relevantes que están bien documentados en la Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE y, al menos, en las Fiscalías de Gandía, Valencia, Barcelona, Gavá, Las Palmas, Audiencia Nacional y especialmente, Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada (ANTICORRUPCIÓN), y que la fiscal denunciada Ana Estellés Martí necesariamente conoce, o al menos, debiera conocer y reconocer en sus actuaciones relacionadas con la empresa Legal Eraser SL y su descarada publicidad de censura al mejor postor con sus marcas TEBORRAMOS y HONORALIA, jactándose de haber borrado más de 450.000 enlaces de Internet, según puede verse en https://cita.es/teborramos-valencia-plaza.pdf 

https://valenciaplaza.com/teborramos-empresa-valenciana-especializada-borrar-contenido-perjudicial-internet#:~:text=TeBorramos%20es%20una%20empresa%20valenciana,para%20empresas%20y%20particulares

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Eso supone un creciente negocio de más de 67.050.000 € (digo más de SESENTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA MIL EUROS). Y lo más sospechoso es que, según la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ITSS (proponemos como testigos a CONCEPCIÓN SÁNCHEZ PALOMO y JOSÉ MANUEL MORA LARA, ambos funcionarios públicos en la ITSS de Valencia), esa censura masiva se produce con un único empleado, según https://cita.es/legal-eraser-inspeccionada.pdf 

La fiscal denunciada Ana Estellés Martí conoce con detalle y tiene documentados los hechos porque ella misma requirió a la falsa empleada de Legal Eraser SL los documentos que evidencian muy graves irregularidades laborales para tan gran “productividad censuradora de un único empleado”, incluso de la sentencia firme por delitos de corrupción de un funcionario que se jacta de ser “autoridad pública”, actualmente. No puede negar las evidencias.

2ª La interdicción de la arbitrariedad de los distintos fiscales que se relacionan con quienes se jactan de sus relaciones con la Fiscalía (no solamente por sus prácticas universitarias, sino también, por varios años de estar opositando y sus preparadores de oposiciones pueden ser indicios racionales de posibles colusiones) para el mayor beneficio de un negocio censurador debe ser competencia de la Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE, sin perjuicio de que no lo sea en exclusiva y puedan compararse los escritos y las palabras en vistas públicas de unos y otros fiscales. Así, instamos a que se compare la actitud hostil, hacia quien aquí recurre, de la fiscal denunciada, a favor de la censuradora, al menos, con la del representante del Ministerio Fiscal en el Procedimiento Ordinario (Derecho al honor art. 249.1.2) 450/2020 – D2 del Juzgado de 1ª Instancia 20 de Barcelona, pues en la Sentencia 224/2021, de fecha 2.11.21, se dice textualmente:

Eso dice la Fiscalía, en abierta contradicción con cuanto balbuceó en Sala la fiscal denunciada Ana Estellés Martí, pese a que las manifestaciones de Xavier Salvador son mucho más duras que las mal calificadas por quien aquí recurre, como puede leerse en

https://cronicaglobal.elespanol.com/pensamiento/zona-franca/eliminalia-derecho-olvido-google-fraude_325350_102.html 

Desde que el 1 de julio de 2015 refundamos Crónica Global habremos recibido una cincuentena mínima de comunicaciones de una curiosa empresa. Llegan a los correos corporativos del medio y otras acceden remitidas en forma de burofax. En los últimos tiempos abundan las llamadas telefónicas y, la última de sus actuaciones, en la que rizan el rizo de lo tolerable, consiste en realizar visitas presenciales a nuestras instalaciones conminando a que les reciba el delegado de protección de datos.

Visto así, en abstracto, el lector podría pensar que quizá eso esté justificado si este medio digital de comunicación comete alguna irregularidad en el ejercicio de su cometido periodístico. Rememorando a aquellos esperpénticos cobradores del frac, se entendería si la empresa editora mantuviera alguna deuda o similar. Pero no, no es el caso. Lo que persiguen los empleados de Eliminalia no es otra cosa que un nuevo negocio en el que han caído de bruces no pocos empresarios y profesionales bienintencionados a los que, en un ejercicio de trilerismo, les prometen eliminar de un plumazo cualquier información que les ataña basándose en el derecho al olvido. Recuerda, con las distancias correspondientes en el tiempo y en las formas, a aquellas empresas que intentan que nuestros mayores más indefensos cambien de suministrador energético con artimañas deleznables, los llamados espantaviejas.

Eliminalia, que ese es el nombre comercial de la compañía (luego entraremos en sus entrañas societarias), se anuncia como la firma líder del mercado en hacer desaparecer cualquier información de internet. En una visita a su página web puede apreciarse que tan seguros están de su éxito que se comprometen a devolver el importe cobrado al cliente si no obtienen el resultado. El modelo de negocio nace de las directivas europeas que garantizan el derecho al olvido en determinados casos y circunstancias.

El promotor y alma máter de Eliminalia es un joven barcelonés de veintipocos años llamado Didac Sánchez al que todos los periodistas de Barcelona ayudamos a crecer cuando a muy temprana edad anunció este y otros negocios como Subrogalia, un instituto de reproducción asistida y reproducción genética que acabó en escándalo y cerró. Le encumbramos por la valentía que suponía que alguien tan bisoño y con un duro pasado según explicaba entonces pudiera tener un nivel de emprendimiento tan sorprendente. Algo empezamos a sospechar cuando de la noche a la mañana decidió que era el mejor candidato para presidir la Cámara de Comercio de Barcelona y montó una pseudoasociación regeneracionista. Cuando ahora más recientemente ha deslocalizado sus negocios a Ucrania, saliendo así del marco normativo de la Unión Europea, las alarmas se han disparado por completo.

Eliminalia contacta con un medio y remite una especie de auto judicial en nombre de un cliente que desea eliminar alguna información que le concierne. No distingue entre noticias, artículos de opinión o cualquier otro género periodístico y dispara a bulto con un pseudolenguaje judicial. Los últimos clientes sobre los que nos han pedido árnica (aunque existe un largo histórico) son Malchas Tetruashvili; el industrial turístico Ramón Bagó Agulló; Jordi Comas, exdirector general de Andbank; Gerardo Ros Falcón, empresario inmobiliario; y el empresario Andrés Bardeau.

Unos tienen cuentas con la justicia, otros han administrado empresas que han protagonizado insolvencias sonadas o alguno fue largado de su trabajo de manera poco honrosa. Son apenas una muestra de las peticiones que de manera recurrente reciben medios, entidades e instituciones que generan contenidos en Internet. Para Eliminalia prevalece el derecho al olvido, de supresión le llaman ellos, al del derecho constitucional a la información. Quizá a ellos les parezca poco relevante que algunas personas acumulen algunas fechorías del signo que sea y que sus víctimas futuras no puedan informarse sobre eso. Lo más sorprendente que nos ha sucedido con ellos fue la reciente petición de eliminar una imagen de su propio líder Didac Sánchez

Como los medios nos resistimos (en nuestro caso sólo se eliminan las peticiones que tienen un mandato judicial detrás, ninguna en nuestros cinco años de historia), acuden a entidades de nuevo cuño para forzar el servicio que han comprometido con sus clientes. La Agencia Española de Protección de Datos es otro de sus pasos. Dos expedientes que ha tramitado ese ente administrativo relativo a informaciones de este medio han sido archivados nada más recibir las respuestas de nuestros servicios jurídicos. Tiempo perdido para ellos, pero mucho más para los medios que invertimos en la generación de nuevos contenidos inéditos, no en su preservación. Pero ahí no acaba la cosa: Eliminalia ofrece a sus clientes un éxito garantizado.

Los manejos de Eliminalia han sido descubiertos en alguna ocasión por quienes han decidido que determinadas imposturas no debían permanecer impunes por más que los medios de comunicación nos hayamos puesto de perfil. La prensa colombiana fue mucho más contundente que la española y descubrió parte de los subterfugios (lean los sorprendentes enlaces).

Hay un nuevo negocio basado en el ego de todos aquellos que una vez u otra deciden teclear su nombre en un buscador de internet, Google de manera principal, y no se sienten a gusto con los resultados que les devuelve la máquina. De hecho, el gigante de la búsqueda en las redes posee sus propios sistemas para desindexar (eliminar de sus resultados de búsqueda) aquellas peticiones que considera razonables y ajustadas a la legislación. Se les pide y ellos actúan. El problema estriba cuando Google considera, como pasa con la mayoría de los medios de comunicación españoles, que las peticiones rebasan el derecho a la información de los ciudadanos y no concede la desindexación. Aquí es donde Eliminalia intenta satisfacer a los clientes por otras vías.

Además de la presión directa a los medios, investigadores han descubierto que las empresas que se dedican a blanquear la imagen personal en las redes usan cualquier tipo de artimaña para salirse con la suya. Por ejemplo, generar páginas web falsas en las que replican el mismo contenido sin los nombres que desean eliminar de tal suerte que los buscadores los pongan por delante de las noticias de los medios de comunicación en los resultados que devuelven a los usuarios. Tener la sede social en Ucrania facilita mucho esa y otras martingalas técnicas para sortear legislaciones y normativas relativas al copyright y la duplicación de contenidos.

Esta misma semana pasada comuniqué a los máximos responsables de Google en España la existencia de estas y otras vías con las que juegan empresas como Eliminalia para dar salida a un negocio tan sucio como opaco. Tenían conocimiento somero de esas patrañas y de alguna otra, pero reconocían las dificultades para atajarlas por la necesidad de convivir con multitud de legislaciones nacionales, cada una de ellas con matices diferenciales.

Mientras tanto, el grupo de Crónica Global protegerá el derecho a la información de sus lectores y ciudadanos con las mismas técnicas que estas empresas y, en especial la mencionada, utilizan. No somos los únicos. Cada vez que nos pidan la supresión de un contenido que no sea razonable para soplarle unos miles de euros a un incauto cliente haremos nuevas y múltiples versiones de esa información para que el contenido permanezca presente en las redes por más que ejércitos de robots informáticos intenten darle gato por liebre a la opinión pública. Todo el grupo editorial, con sus diferentes cabeceras, dominios y posicionamiento en buscadores, actuará como un todo informático como garante de la libertad de expresión y en contra de nuevas vías de extorsión cibernéticas que nos acechan. La defensa del periodismo en este periodo de la historia es también lo que les cuento.

Mientras, ustedes protéjanse de Eliminalia, sus marcas blancas y sus competidores. Ah, y perdonen que este lunes no les dé la matraca con las cosas catalanas de la política. Será que todo tiene una pinta tan aburrida y deleznable que estas salidas de tono apetecen mucho más.

Desconocemos quién fue representante del Ministerio Fiscal en el Procedimiento Ordinario (Derecho al honor art. 249.1.2) 450/2020 – D2 del Juzgado de 1ª Instancia 20 de Barcelona, y nos gustaría poder identificarle para atribuirle con mayor precisión lo que se lee en su Sentencia 224/2021 de fecha 2.11.21, pero en todo caso, las diferencias de criterio con la fiscal denunciada Ana Estellés Martí son tan grandes, que hacen sospechar, más todavía, de presunta colusión con ignorancia inexcusable o presuntamente deliberada.

3ª También es muy relevante la muy diferente actitud y la manifestación de la fiscal que informó contra la demanda de Legal Eraser SL TeBorramos Honoralia en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 19 DE VALENCIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 1221/2020, de la que es extremadamente relevante no solamente el auto que puede verse en https://cita.es/gava/d4.pdf (siendo especialmente pertinente aquí esto: “por la parte demandante se manifestó su voluntad de DESISTIR DE LA DEMANDA RESPECTO DE TODOS LOS CODEMANDADOS, tras de saber de la decisión judicial adoptada en dicho acto, por las razones que se explicaron y que son de ver en el soporte audiovisual de su grabación, con Informe oral del Ministerio Fiscal en idéntico sentido; de la que iba a ser estimación de la excepción procesal consistente en defecto legal en el modo de proponer la demanda…) sino mucho más aún lo que Su Señoría EMMA SANCHO GIMENO manifestó en la Audiencia Previa, en vista pública qu puede verse en https://youtu.be/FOS0AeEUIyo más concretamente, desde 3’ 20” y especialmente por excepciones legales innominadas en 3’ 46” defecto de forma en 4’ 07 sobre los enlaces no precisados en 5’ 14” sobre la prueba diabólica de hechos negativos intencionadamente provocada por los abogados de TeBorramos en 5’ 32” y finalmente, Su Señoría EMMA SANCHO GIMENO demuestra entender y explica muy bien en 8’ 09” lo que ignora por completo la fiscal denunciada Ana Estellés Martí, pero reconoce la fiscal que representó al Ministerio Público en la Audiencia Previa del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 19 DE VALENCIA en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 1221/2020.

4ª Además, la fiscal denunciada Ana Estellés Martí fue testigo impasible de los permanententes problemas telemáticos del Juzgado de 1ª Instancia 4 de Gandía dejándonos en inferioridad en beneficio de la demandante que reside en Gandía, lo que puede dar lugar a responsabilidad patrimonial, sin perjuicio de otras actuaciones. No es necesaria mucha perspicacia para detectar la acumulación de evidencias de todo tipo que favorecen la censura pagada y muy publicitada, obligando a litigar en Gandía, sin comparecencia telemática, en plena pandemia, por el honor de quien se dedica a enviar mensajes intimidatorios a quien publica información cuya veracidad no se cuestiona, y a otros envía esto

https://infodio.com/docs/teborramos-sara-pastor-carlos-enrique-gabaldon-vivas.pdf

https://infodio.com/docs/teborramos-sara-pastor-carlos-enrique-gabaldon-vivas2.pdf  

publicado por Alek Boyd en inglés que pretendían suprimir pero sigue informando sobre el controvertido Alex Saab y sus colaboradores, como es el caso del cliente de Sara Pastor Sanesteban y Legal Eraser SL, en https://infodio.com/060116/pdvsa/trenaco/alex/saab 

Lo cierto es que la fiscal denunciada Ana Estellés Martí ignoró todo cuanto pudiera favorecer a quien publica información veraz, de interés público, pero abogó por quien reside en Gandía y vive de conseguir que se eliminen enlaces de Internet en una relación que no es laboral, aunque declare que es empleada de Legal Eraser SL.

5ª La censura de cientos de miles de enlaces de Internet que conoce el Ministerio Fiscal, y en especial, la fiscal denunciada Ana Estellés Martí, no solamente es un presunto delito tipificado en el art. 542 del Código Penal, sino que es indicio racional de presuntos ENCUBRIMIENTOS de otros delitos, según informamos a

FISCALÍA contra la CORRUPCIÓN y la CRIMINALIDAD ORGANIZADA Atn. Alejandro Luzón y Antonio Romeral solicitando su pronto acuse de lo publicado en www.cita.es/censura-encubridora.pdf  

y después a

FISCALÍA del Uruguay atn. Jorge Díaz Almeida y Gabriela Aguirre Grompone Directora del Departamento de Cooperación Internacional Fiscalía General de la Nación Teléfono: +598 2909 2570. Ext. 248 / Correo electrónico: [email protected]

Cc: Embajadas de Uruguay (Ana Teresa Ayala Barrios) y España (José Javier Gómez-Llera y García-Nava) solicitando datos de fiscales y listados de abogados y periodistas corresponsales por lo publicado en www.miguelgallardo.es/censura-fiscales-uruguayos.pdf

https://cita.es/censura-fiscales-uruguayos

y después a

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN DE PANAMÁ 

atn. Javier E. Caraballo Salazar y José Antonio Candanedo Chiam en Fiscalía Superior de Asuntos Internacionales Tel: +507 507-3016 Correo electrónico: [email protected] y Embajadas de España y Panamá atn. Francisco Javier Pagalday Gastelurrutia y Roberto Eduardo Arango por lo publicado en www.miguelgallardo.es/censura-fiscales-panamenos.pdf 

https://cita.es/censura-fiscales-panamenos 

enviando copia de todo ello a la dirección [email protected] que dio acuse de recibo aunque con fecha mar, 11 ene, 12:19 nos avisó que ya no daría más acuses porque deberíamos dirigirnos a la dirección [email protected] que nunca da acuse, por lo que enviamos copia también a otras Fiscalías.

El caso Kokorev que instruye el Juzgado de Instrucción 5 de Las Palmas según, al menos estos dos autos judiciales

https://cita.es/auto/kokorev-procedimiento-abreviado.pdf

https://cita.es/auto/kokorev-apertura.pdf 

es conocido por la Fiscalía Anticorrupción y en especial, por el fiscal Javier Ródenas Molina en Las Palmas, aunque no parece ser consciente de la gravedad del hecho de que investigados por la Fiscalía Anticorrupción paguen 140.000 euros por eliminar de Internet, o de Google, información cierta y penalmente relevante.

Tanto la operación Púnica, como la Lezo, ambas investigadas en la Audiencia Nacional y antes por la Fiscalía Anticorrupción, al menos, fiscalas como María Teresa Gálvez Díez y Carmen García Cerdá, en la Fiscalía Anticorrupción por la operación Púnica, también hubo censura pagada para impedir que puedan encontrarse enlaces en Google de hechos con relevancia penal.

6ª La Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE también conoce el muy sospechoso secretismo sobre un informe del fiscal Vicente Devesa Barrachina, también relacionado con la censura pagada y publicitada por Legal Eraser SL, al menos, por el expediente EG 528/2021 y el recurso de reposición publicado en www.miguelgallardo.es/fiscal-vicente-devesa-seceto-repone.pdf 

La Fiscalía de Valencia, y la de Gandía donde reside la abogada (no empleada laboralmente como sabe, o debiera saber la fiscal denunciada Ana Estellés Martí) de Legal Eraser deben guardar bien en sus archivos todo lo relacionado con su negocio de censura pagada y publicitada porque es muy probable que haya futuros procedimientos penales en que deban ser requeridos todos los antecedentes por el art. 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal o de la misma que con fecha 31 de enero publica EL PAÍS que han sido requeridos los 17 fiscales superiores de toda España en

https://elpais.com/sociedad/2022-01-31/la-fiscalia-del-estado-toma-las-riendas-de-la-investigacion-sobre-los-casos-de-pederastia-en-la-iglesia.html 

JULIO NÚÑEZ. – La Fiscalía General del Estado ha ordenado este lunes a los 17 fiscales superiores de toda España que le remitan en un plazo de 10 días todos los procedimientos penales (denuncias y querellas) en tramitación referidos a agresiones y abusos sexuales a menores de edad en el seno de congregaciones, colegios o cualquier institución religiosa. Todos ellos “incoados tanto en sede judicial como fiscal”, según indica el documento al que ha tenido acceso EL PAÍS… La solicitud del ministerio público se produce en medio del escándalo de pederastia que está viviendo la Iglesia española después de EL PAÍS entregase al papa Francisco y al presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), el cardenal Juan José Omella, un dosier con 251 casos inéditos de abusos cometidos por sacerdotes, religiosos y trabajadores seglares del ámbito religioso.

Si Legal Eraser SL se jacta de haber eliminado 450.000 enlaces y cobra desde 149 euros por enlace, nada en la Fiscalía impide que alguno de los casos de abusadores sea cliente de TeBorramos u Honoralia como lo es el funcionario público condenado por cohecho continuado y negociaciones prohibidas, y que no puedan encontrarse los testimonios o las noticias de los abusos por tan eficaz censura que cuenta con la colaboración de la fiscala de Gandía denunciada Ana Estellés Martí y algún otro fiscal como el de Valencia Vicente Devesa Barrachina, según consta en la Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE.

7ª El fenómeno censurador publicitado y garantizado en Internet es criminológicamente muy relevante actualmente. Toda IGNORANCIA INEXCUSABLE o presunta IGNORANCIA DELIBERADA, así como sobre todo cuanto pueda ser considerado como falta sancionable, especialmente por prevalerse de la condición de fiscal para obtener beneficios indebidos para sí o para otros, o indicio racional de presunta colusión, encubrimiento u otras faltas u otros presuntos delitos en concurso que conozcan, o consientan, o favorezcan fiscales, debería ser competencia de la Fiscalía General del Estado FGE, que no parece ni ser capaz ni siquiera de pedir alegaciones a la fiscal denunciada, ni hacer una mínima diligencia.

Por lo expuesto, como mejor proceda ratifico mi denuncia y solicito que se anule la resolución aquí recurrida en reposición para que la Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE investigue eficazmente de oficio los hechos denunciados como IGNORANCIA INEXCUSABLE o presunta IGNORANCIA DELIBERADA, así como sobre todo cuanto pueda ser considerado como falta sancionable, especialmente por prevalerse de la condición de fiscal para obtener beneficios indebidos para sí, o para otros, o ser indicio racional de presunta colusión, encubrimiento u otras faltas u otros presuntos delitos en concurso, en la fecha de los metadatos de este PDF de 10 páginas en recurso de reposición publicado en www.miguelgallardo.es/fiscal-ana-estelles-marti-repone.pdf 

OTROSI 1 digo que en caso de no estimarse este recurso, solicito que la Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE asegure la preservación completa de todo el expediente EG 349/2021, y de todos aquellos relacionados con la empresa Legal Eraser SL y sus marcas TeBorramos Honoralia, incluyendo muy especialmente todo cuanto se relacione con la fiscal denunciada, considerando la presunta responsabilidad penal del artículo 413 del Código Penal.

OTROSI 2 digo que quien aquí recurre está dispuesto a subsanar cualquier defecto y tiene la mejor disposición para colaborar con todo funcionario público competente sobre lo aquí expuesto y solicitado, a la vista de que si, como mínimo, ya se han eliminado 450.000 enlaces, por más de 149 € cada Enlace Borrado, y está en cuestión la legalidad de un creciente negocio, extremadamente perverso, que hasta ahora ningún fiscal parece comprender bien, pero la fiscal denunciada parece favorecer con su IGNORANCIA INEXCUSABLE o, posiblemente, con presunta IGNORANCIA DELIBERADA, en presunta colusión.

Por ser justo, lo pedimos en la fecha de los metadatos de este PDF de 10 páginas con numerosos enlaces relevantes fácilmente verificables por el fiscal inspector competente, a cuya disposición quedo.

@miguelgallardo Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: [email protected]

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf 

Inspección de la Fiscalía General del Estado FGE en EG 349/2021 con copia para Fiscal General del Estado Dolores Delgado y Fiscal-Jefe Anticorrupción Alejandro Luzón por recurso de reposición publicado en www.miguelgallardo.es/fiscal-ana-estelles-marti-repone.pdf 


Vea: https://docs.google.com/document/d/1PSiFqDuG3APsaUBlubZcwAWL9AWjZbMyPKdYMzNjIoU/edit#

Tomado de Presidente de la ONG española APEDANICA denuncia nueva oleada de censura de resultados de búsqueda en Google

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