Gold Reserve busca invalidar la calificación del perito judicial de la subasta de CITGO que presentó la oferta de Amber Energy como propuesta superior. Esto bajo el argumento de que dicha oferta no cumple con los requisitos obligatorios de «sobrepuja mínima» establecidos por el tribunal. Subraya que la misma es USD 1 500 millones inferior a la oferta de Dalinar Energy, que había sido seleccionada previamente.
La oferta de Amber Energy incluye un acuerdo con los tenedores de bonos PDVSA 2020 y plantea pagar entre USD 5.8 y USD 5.9 millones a los acreedores con sentencia y USD 1.5 millones a los tenedores de bonos de 2020. La oferta de Dalinar, tenida anteriormente como la recomendación inicial, asciende a aproximadamente USD 7.38 millones, pero no incluye un acuerdo con los bonistas.
Gold Reserve también presentó a la corte la aprobación reglamentaria de la Comisión Federal de Comercio (FTC) de su oferta de compra de las acciones de PDV Holding.
Valores Mundiales S.L. y Consorcio Andino S.L. se adhirieron al pedido de Gold Reserve pues estiman que el perito judicial contraviene órdenes judiciales previas y las salvaguardias para los ofertantes.
Asimismo, las partes de Venezuela pidieron al juez de la causa que ordene a Robert Pincus a entregar de versiones sin censura de las transcripciones de las reuniones del 11 y 13 de agosto, relativas a su recomendación de la oferta de Amber Energy.
Lea también: Perito judicial de la subasta de CITGO recibió una oferta de Amber Energy que supera a la de Dalinar Energy
Anulación de la notificación de propuesta superior
El 27 de agosto de 2025, Gold Reserve presentó una moción ante el Tribunal de Delaware para anular la notificación de determinación de propuesta superior del perito judicial, emitida el 25 de agosto de 2025. Considera que la determinación de Pincus de que la oferta de Amber Energy de USD 5 859 millones es una «Propuesta Superior» contraviene directamente las órdenes del tribunal, desecha los procedimientos de licitación establecidos y amenaza con defraudar a los acreedores con sentencia en USD 1 500 millones en comparación con la oferta de Dalinar Energy de USD 7 382 millones.
Gold Reserve sostiene que la oferta de Amber Energy no cumple con el mínimo de sobrepuja posterior obligatorio, una protección del postor ordenada por el tribunal. Agrega que el perito judicial no tenía autoridad para ignorar o eliminar este requisito. Refiere que invirtió sustancialmente basándose en estas protecciones y sostiene que su eliminación socava la integridad del proceso de venta y la ley de Delaware que exige la venta al mejor postor.
Reclama que la eliminación de facto del mínimo de sobrepuja posterior perjudica agudamente a Gold Reserve, que incurrió en costos sustanciales para asegurar financiación, contribuir con su sentencia y adquirir la sentencia de Siemens Energy.
Adhesión a moción de Gold Reserve
Valores Mundiales S.L. y Consorcio Andino S.L. se adhirieron a la moción de Gold Reserve para anular la notificación de propuesta superior del perito judicial presentada ante el Tribunal de Delaware el 28 de agosto de 2025. Consideran que la notificación de Robert B. Pincus, emitida el 25 de agosto de 2025 «contradice el lenguaje claro de las protecciones del licitador y las órdenes anteriores de este Tribunal».
Tal posición sugiere que la decisión del perito judicial contraviene los términos establecidos para los licitadores o las directrices previas del tribunal en el caso.
Valores se reserva todos los derechos en relación con la Moción y la Notificación, incluyendo el derecho a comparecer y ser escuchado sobre cualquier cuestión relacionada con lo anterior.
Partes de Venezuela piden transcripciones del perito judicial sin editar
También, el 28 de agosto de 2025, las partes de Venezuela solicitaron al juez del Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Delaware, Leonard P. Stark, que ordene al perito judicial la entrega de versiones sin editar de las transcripciones ex parte del 11 y 13 de agosto.
Los peticionarios argumentan su pedido con base a la necesidad de comprender la evaluación del perito judicial, Robert B. Pincus, sobre el «impacto del litigio de los Tenedores de Bonos PDVSA 2020 en las ofertas», especialmente si se recomienda la oferta Amber. Tal información la consideran crucial para formular objeciones informadas a la Recomendación Final actualizada.
Las partes de Venezuela no se pronuncian sobre la idoneidad de las redacciones en la versión pública de las transcripciones, pero consideran «inapropiado» que Robert B. Pincus retenga las versiones sin editar de los objetores a su recomendación final actualizada. Sostienen que retener esta información podría «perjudicar” su capacidad para responder a la recomendación del perito judicial.
Proponen varias alternativas para que Robert Pincus actúe en este sentido sin atentar contra la transparencia del proceso de subasta de CITGO.
Vea en Sin Filtros “El Cartel de los Soles: la campaña millonaria del régimen para borrar su rastro narco”: