El pedido recusación del perito judicial de la subasta de CITGO que plantearon al Tribunal de Delaware las partes de Venezuela y Gold Reserve no prosperó, pues el juez de la causa denegó las mociones que así lo solicitaban.
El juez Leonard P. Stark, emitió una orden judicial sobre la causa Crystallex International Corp. contra la República Bolivariana de Venezuela en la que circunscribe la venta de las acciones de PDV Holding Inc. propietaria de CITGO Petroleum Corporation, en la cual denegó múltiples mociones presentadas por varias partes y no-partes.
Específicamente, el tribunal denegó las solicitudes de Gold Reserve y de Venezuela para descalificar al propio juez, al perito judicial y a sus asesores, así como la petición de Gold Reserve de suspender el proceso de venta en curso.
También rechazó las mociones de reconsideración de Leroy Garrett y la solicitud de descubrimiento adicional del no-parte, Pavel Vistanetsky. El Tribunal anticipó que emitirá un fallo sobre las objeciones a la Recomendación Final Actualizada a más tardar el 30 de noviembre de 2025.
Lea también: “Empresa criminal conjunta bolivariana” tendría en Bolivia un apéndice en la “Empresa criminal del MAS” de Evo Morales y Luis Arce, según demanda
La orden judicial de Leonard P. Stark
El 13 de noviembre de 2025, el juez, Leonard P. Stark, del Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito de Delaware emitió una orden judicial en la que denegó un conjunto de mociones presentadas por varias partes y no-partes en el caso de Crystallex International Corp. contra la República Bolivariana de Venezuela.
La orden del juez Stark rechazó categóricamente múltiples mociones que buscaban descalificar a figuras clave del proceso judicial y suspender la subasta de CITGO que está en curso bajo su supervisión. Específicamente, el tribunal denegó las solicitudes de Gold Reserve y de las Partes de Venezuela para recusar al juez, al perito judicial y a sus asesores. Asimismo, se negó la solicitud de suspender el proceso de venta de las acciones de PDV Holding Inc.
El Tribunal reafirmó su cronograma y proyectó una decisión final sobre las recomendaciones de la subasta para el 30 de noviembre de 2025. Advirtió a las partes que no infieran un resultado a partir de estas decisiones procesales. Igualmente, la corte desestimó las mociones presentadas por no-partes, reafirmó el control procesal y los requisitos de legitimación para intervenir en el caso.
Puntos específicos de la decisión judicial
La orden judicial aborda seis puntos específicos con los cuales consolida la autoridad del Tribunal y asegura la continuidad del proceso de la subasta de CITGO.
Rechazo de mociones de descalificación
El tribunal denegó de manera concluyente dos mociones centrales que buscaban la descalificación de los principales supervisores del proceso de subasta.
Moción de Gold Reserve: la solicitud para descalificar al juez de Distrito, al perito judicial y a sus asesores, presentada por Gold Reserve bajo el estatuto 28 U.S.C. § 455, fue denegada.
Moción de las partes de Venezuela: la solicitud de las partes de Venezuela —la República Bolivariana de Venezuela, Petróleos de Venezuela S.A. PDV Holding, CITGO Petroleum Corporation— que también buscaba la descalificación del perito judicial y sus asesores, fue igualmente denegada.
El Tribunal indicó que las razones completas para estas denegaciones se encuentran detalladas en una Opinión separada emitida en la misma fecha. Subrayó que las acusaciones no cumplían con el estándar legal para la recusación.
Continuidad del proceso de subasta de CITGO
Se reafirmó la continuación ininterrumpida del proceso de subasta de CITGO al negar una solicitud de suspensión.
Solicitud de suspensión de Gold Reserve: la corte denegó la solicitud de Gold Reserve para detener el proceso de venta en curso. Esta decisión incluye permitir que el Tribunal continúe su evaluación de la «Recomendación final actualizada del perito judicial» y las objeciones presentadas en contra de la misma. Esta negativa es crucial, pues evita retrasos adicionales en un proceso judicial prolongado.
Cronograma para la decisión final sobre la subasta de CITGO
El juez Stark aclaró los plazos para la siguiente fase crítica del caso, al tiempo que advirtió contra especulaciones prematuras.
Fecha prevista del fallo: el tribunal reiteró su expectativa de emitir un fallo sobre las objeciones a la Recomendación final actualizada a más tardar el 30 de noviembre de 2025 o alrededor de esa fecha.
Plazo mínimo: se especificó que, debido a la evaluación en curso, el fallo no se emitirá antes del 21 de noviembre de 2025.
Advertencia a las partes: el tribunal emitió una advertencia explícita: «Se les recuerda a las partes que no deben inferir de la decisión de hoy del tribunal cuál será el fallo con respecto al fondo de la recomendación y las objeciones».
Desestimación de la moción de reconsideración de Leroy Garrett
El tribunal abordó y denegó una moción compleja presentada por Leroy Garrett, una persona no parte en el litigio principal.
Moción denegada: se denegó la «moción de Leroy Garrett para la reconsideración de las denegaciones, la recusación del juez Stark y la aprobación del QSF».
Fundamentos del rechazo: la denegación se basó tanto en la opinión emitida ese día como en órdenes anteriores. El tribunal fue enfático al señalar que Garrett «no ha identificado ninguna base meritoria para la recusación del tribunal o para la reconsideración».
Estatus de Garrett: la orden aclara que, a pesar de que Leroy Garrett «no es parte, ni acreedor, ni postor, y sus solicitudes de intervención han sido denegadas», el tribunal consideró sus numerosos documentos y le permitió participar oralmente en los procedimientos cuando demostró un «interés tangencialmente concebible» y cumplió con los procedimientos de la corte.
Desestimación de solicitudes de Pavel Vistanetsky
Finalmente, el tribunal rechazó las solicitudes de otro no-parte, Pavel Vistanetsky, por falta de fundamento y legitimación.
Solicitud de descubrimiento adicional: fue denegada por múltiples razones, entre ellas que no es parte en el caso y «no ha presentado ninguna base razonable para concluir que el descubrimiento adicional sea probable que produzca evidencia relevante».
Solicitud de transcripciones: su petición de transcripciones fue denegada por improcedente.
Aclaración sobre acceso a transcripciones: el Tribunal aprovechó para explicar su procedimiento estándar para el acceso público a las transcripciones:
Están disponibles para revisión en la oficina del secretario en Wilmington o para descarga a través de PACER 90 días después de la audiencia.
Antes de ese plazo, pueden obtenerse directamente del transcriptor de la corte pagando la tarifa establecida por la Conferencia Judicial de los Estados Unidos.
Vea en Sin Filtros “EE.UU., ataques letales: en el Caribe, el ELN protege a Maduro”:
Tomado de Tribunal de Delaware se niega a recusar al perito judicial de la subasta de CITGO