VenePirámides
Tomás Sánchez, Superintendente Nacional de Valores publicó en Gaceta Oficial las normas que regirán la liquidación de las casas de bolsa intervenidas, estableciendo un orden jerárquico para el pago a los clientes. Las referidas normas son ilegales y transgreden el orden de pago de acreencias establecido por el Código de Comercio, pues las normas dictadas por Sánchez -de rango sub-legal- no pueden modificar las disposiciones de una Ley (Código de Comercio).
Una vez los interventores tengan a mano los activos disponibles y hayan aprobado las deudas a cancelar los pagos se harán en el siguiente orden escogido por Sánchez:
En primer lugar cobrarán las personas naturales, luego las cajas de ahorro y otras sociedades civiles sin fines de lucro, seguirán las sociedades mercantiles o civiles, luego se atenderán a los que estén en la categoría otros pasivos y finalmente cobrarán otras casas de bolsa, bancos o empresas de seguros con los que existan compromisos.
Si el Estado está interesado en adquirir bienes de las casas de bolsa intervenidas el Superintendente Nacional de Valores podrá «aprobar la enajenación bajo título oneroso» en los términos y «condiciones que estime pertinentes, siempre que las mismas permitan coadyuvar en el avance del proceso de liquidación», o lo que es lo mismo, muy por debajo de su valor de mercado.
Un tema álgido en el proceso es el tratamiento que se le dará a los bonos cambiarios, como se conocen los títulos en dólares comprados con bolívares en el Banco Central.
Las normas señalan que si los bonos se vencen después de la fecha en que fue intervenida la casa de bolsa serán cancelados en dólares «siempre y cuando la empresa tenga la disponibilidad de la respectiva divisa».
De no existir esta disponibilidad los inversionistas recibirán bolívares al tipo de cambio establecido en «los convenios cambiarios vigentes», es decir, 4,30 bolívares por dólar.
Si los bonos cambiarios se vencieron antes de la fecha de intervención serán cancelados en bolívares «dado que debieron ser transferidos a sus titulares al momento de su vencimiento». La utilidad cambiaria quedará en beneficio de Sánchez y su red de interventores depredadores y extorsionistas.
Las normas indican que «excepcionalmente el Superintendente Nacional de Valores» podrá autorizar el pago en dólares si al momento en que se vencieron los bonos el cliente ordenó la transferencia y la casa de bolsa no la realizó.
No obstante, la Superintendencia deja en claro que esta posibilidad se concretará siempre y cuando la casa de bolsa tenga suficiente disponibilidad de divisas.
«Si la causa de la no realización de la transferencia es atribuible al cliente el pago» se hará en bolívares, según reportó el diario El Universal.
Tomado de Superintendencia de Valores emite normas para estafar a clientes de Casas de Bolsa intervenidas