Fuentes de Venezuela Política informaron que Aular fue puesto en libertad gracias a los ‘buenos oficios’, ejercidos ante la cúpula oficialista, por Francisco Convit Guruceaga, actualmente fugitivo de la justicia de EE. UU.
Por Maibort Petit
De manera silenciosa, fue excarcelado en Caracas, Víctor Aular, exvicepresidente de Finanzas de Petróleos de Venezuela durante la gestión del exministro Rafael Ramírez, que había sido arrestado en agosto de 2022, tras ser acusado de haber participado en un enorme esquema de corrupción que logró expoliar a PDVSA unos $480 mil millones. El sobreseimiento del exfuncionario, que también aparece señalado en casos criminales en EE. UU., responde a una serie de acciones que se están acometiendo por parte de operadores involucrados en millonarias tramas de lavado de dinero en Venezuela para generar evidencias que les sirvan para defenderse ante la justicia norteamericana.
Víctor Aular participó en la suscripción de un contrato de préstamo con la empresa Administradora Atlantic 17107, CA., que de manera irregular realizó préstamos a PDVSA en bolívares y los cobró en dólares, creando un daño al patrimonio de la petrolera, pero además enriqueciendo ilícitamente a los protagonistas de la trama. Cuando el fiscal del régimen de Maduro, Tarek William Saab anunció la detención de Aular, 30 de agosto de 2022, destacó que la operación reflejaba la conducta criminal de los implicados. La trama de corrupción que involucra a Aular, fue plenamente descrita y evidenciada por las autoridades de EE. UU. en la acusación federal denominada Operación Fuga de Dinero. A pesar de la demanda en la corte, las autoridades en Venezuela no realizaron investigaciones sobre la denuncia, hasta que a inicios de agosto de 2022, Tareck El Aissami —sancionado por el Departamento del Tesoro de EE. UU., por ser presuntamente, uno de los grandes capos del narcotráfico y relacionado con grupos terroristas de Medio Oriente, y acusado en Nueva York por la violación de sanciones impuestas a Venezuela por el gobierno estadounidense— acusó al expresidente de PDVSA, Rafael Ramírez Carreño, a Nervis Villalobos, a Víctor Aular y otros de desfalcar más de cuatro mil millones a Petróleos de Venezuela durante la gestión del exzar petrolero.
A muchos expertos sorprendió la denuncia de El Aissami, que en calidad de Ministro de Petróleo, dijo que había logrado evidenciar que Ramírez y sus socios expoliaron y causaron un grave daño al patrimonio de PDVSA, con varias operaciones de cambio que sólo se hicieron para enriquecerse. No obstante, en la denuncia de El Aissami surgió la oportunidad de oro para que un de los fugitivos de la justicia de EE. UU. por una causa que forma parte de las operaciones acusadas, consiguiera una pieza clave para presentar ante la corte de EE. UU. para defenderse.
Sobreseimiento del caso de Víctor Aular como evidencia del no delito
En el marco del proceso —irregular— que permitió que Víctor Aular saliera en libertad, participó Francisco Convit Guruceaga, un sujeto que está siendo buscando por las autoridades federales de Estados Unidos por ser una de las fichas principales de la Operación Fuga de Dinero, un escandaloso caso de lavado de más de 1.200 millones de dólares provenientes de PDVSA.
El Departamento de Justicia de Estados Unidos acusó a Francisco Convit Guruceaga y a otros cinco venezolanos el 18 de septiembre de 2018. Entre los acusados, además del llamado bolichico, se encuentran: José Vicente Amparan Croquer, alias ‘Chente’; Carmelo Antonio Urdaneta Aqui; Gustavo Adolfo Hernandez Frieri; Hugo Andre Ramalho Gois; Marcelo Federico Gutiérrez Acosta y Lara y Mario Enrique Bonilla Vallera, este último un hombre muy cercano a los célebres narcosobrinos de Nicolás Maduro y Cilia Flores.
Las gestiones ante la ‘justicia’ de Caracas
De acuerdo al fallo de sobreseimiento a favor de Víctor Aular —con fecha 29 de noviembre de 2022— del Tribunal Especial Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control con competencia en casos vinculados con delitos a delitos asociados al terrorismo con jurisdicción a nivel nacional —causa N- 4CT-S-042-2022 firmada por el juez José M. Márquez García— a Víctor Aular Blanco, cédula de Identidad V-6.835.572 se le acusó de haber cometido los delitos de aprovechamiento fraudulento de fondos públicos y malversación simple de fondos públicos y legitimación de capitales y asociación.
Aular fue beneficiario de un decreto de sobreseimiento que tuvo lugar gracias a muchas gestiones realizadas ante las instancias de poder, por Francisco Convit Guruceaga. Una fuente ligada al caso dijo a Venezuela Política que una sentencia firme que alega que las operaciones que involucran al exfuncionario de PDVSA no constituyen delito, es decir, no violan ninguna de las leyes vigentes en Venezuela puede servir como pieza en la defensa de Convit Guruceaga y otros, que han justificado la naturaleza de la operación señalando que se ajusta a derecho.
Convit Guruceaga y otros de sus socios están acusados por el gobierno de EE. UU. de delitos de lavado de dinero y corrupción a gran escala. Varios de los acusados en la Operación Fuga de Dinero se declararon culpables, fueron procesados y muchos pagaron condenas muy cortas por la gran cantidad de información que suministraron a los fiscales del caso.
El delito imputado a Aular es atípico
«El decreto de sobreseimiento basado en lo establecido en el artículo 300 numeral 2, primer supuesto del código Orgánico Procesal Penal, referido a que el imputado no es típico», dice el fallo a favor de Víctor Aular.
En ese sentido, la sentencia libera de los cargos a Aular y apela a una decisión que establece que «la propuesta de financiamiento de capital de trabajo para Petróleos de Venezuela, bajo la modalidad de crédito, hasta la cantidad de Bs. 17. 490.000.000,00, por un plazo de 24 meses a una tasa activa de mercado, menor a un 3 %, no generó pérdidas a la nación».
En el documento de 48 páginas, se argumenta que «el crédito en cuestión se aprobó conforme al Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas N-2012-06 de PDVSA, en fecha 06 de marzo de 2012, estando presentes Rafael Ramírez Carreño y Juan Carlos Márquez Cabrera, este condición de secretario. En esa acta, dice que se trató como único punto, decidir sobre la suscripción del Contrato de Préstamo bajo el mecanismo de línea de crédito con la empresa Administradora Atlantic 17107, C.A., resolviendo por unanimidad que conformen a lo acordado en la reunión del comité ejecutivo de fecha 06 de marzo de 2012».
El fallo advierte que «en la suscripción del contrato, fue autorizado a Víctor Aular Blanco, en su condición de Director Interno de PDVSA, a que firmara el documento correspondiente a la ejecución del contrato, así como a realizar las solicitudes de desembolso, pagos parciales, totales e incluso pagos anticipados del capital e intereses, así como la suscripción del finiquito de la deuda».
Entre las evidencias que usan para justificar el sobreseimiento de la causa, se cita la comunicación CJ-2022-402 de la Consultoría Jurídica de PDVSA, del 13 de septiembre de 2022.
Dice que la autoridad «logró establecer que efectivamente, el contrato suscrito el 12 de marzo de 2012, entre PDVSA y Administradora Atlantic 17107, C.A, se acordó que la empresa prestamista, que no era un banco, entregara a PDVSA en calidad de préstamo, los Bs. 17.490.000.000,00 conforme a la solicitud de desembolso que efectuó PDVSA».
Agrega que el 15 de marzo de 2012, la prestamista decidió ceder sus derechos y obligaciones sobre el contrato a Violet Advisor C.A y Welka Holding Limited, representada por los hermanos Luis Alberto Oberto e Ignacio Oberto.
A su vez, Violet Advisor S.A. cedió sus derechos y obligaciones suscritos en fecha 15 de marzo de 2012, con Administradora Atlantic 17107 C.A y PDVSA, el 12 de marzo de 2012, a Welka Holding Limited, quedando entendido que tan pronto se materialice el convenio entre las partes, sobre el derecho decido se materializara de manera perfecta.
Asimismo, el fallo dice que «se de la claro en el contrato que Welka, sustituiría a Violet en el contrato desde la misma fecha en que Violet notifique a PDVSA de la cesión de obligaciones a Welka. Violet garantiza la existencia del crédito, pero no la solvencia del deudor».
Welka y Violet enviaron una comunicación a Víctor Aular el 16 de marzo de 2012, para notificarle a PDVSA la suscripción de un contrato de cesión de derecho y obligaciones que Administradora Atlantic 17107 CA firmó con PDVSA unos días antes. En el oficio se indica que «el pago de capital e intereses debía realizarse directamente a las cuentas bancarias pertenecientes a la empresa contratista».
«PDVSA recibió las comunicaciones 18 y 19 de marzo de 2012, y PDVSA pagó la deuda e intereses en dólares americanos a Welka Holding Limited y Violet Advisor SA que no poseían domicilio en Venezuela», acota el fallo.
Posteriormente, Luis Oberto, director de Violet Advisor S.A. hizo una oferta de ampliación de financiamiento a Víctor Aular, en su condición de director de PDVSA, carta que fue recibida el 15 de junio de 2012. Oberto ofrece duplicar el monto, es decir, una ampliación de Bs. 17.490.000.000,00.
El 1 de agosto de 2012, PDVSA, representada por Víctor Aular y Violet Advisor S.A. suscribieron un addendum al contrato de préstamos a intereses, donde se acuerda ampliar a Bs. 1.500.000.000,00 adicionales a las sumas entregadas a PDVSA, según lo pautado en el Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de PDVSA.
En total la empresa de Luis Oberto le entregó a PDVSA en préstamos Bs. 36.480.000.000. Pero el 25 de enero de 2013, PDVSA suscribió un nuevo addendum donde se acordó ampliar en Bs. 1500.000.000,00 adicionales. Este último préstamo también fue aprobado por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de PDVSA celebrada el 22 de enero de 2013.
El decreto que sobreseyó la causa de Víctor Aular dice que se verificó que los préstamos en bolívares que PDVSA pagó en dólares y que significó sumar mil millonarias para los involucrados, se depositaron en cuentas bancarias de PDVSA y que la información además fue confirmada por la Consultoría Jurídica de la estatal petrolera. «Los pagos fueron desembolsados en la cuenta bancaria del Banco Industrial de Venezuela, registrada a nombre de Administradora Atlantic 17107 C.A. el 10 de octubre de 2022».
Dice que fueron debitadas de las cuentas de PDVSA, $ 4.850.000.000,00 por concepto de cumplimiento de obligaciones a las empresas de los hermanos, Luis e Ignacio Oberto, Welka Holding Limited y Violet Advisors S.A. en un lapso comprendido entre 21 de marzo de 2012 al 29 de enero de 2013, efectuada desde la cuenta PT500007090300950810330 del Banco Espirito Santo (Portugal) perteneciente a PDVSA.
En la transacción de la inmensa suma de $4.850.000.000,00 fue a parar las cuentas de Violet Advisor S.A. N-CH108667005846941228 de Bank de Zurich y otra cuenta secundaria en la Compagnie Bancaire Helvétique (CBH) de Ginebra.
Otros $500.000.000,00 millones fueron depositados entre el 21 al 27 de marzo de 2013 en una cuenta del Banco Espíritu Santo en Bahamas, a favor de Welka Holding Limited. Todas las transacciones fueron aprobadas por Víctor Aular, en su rol de director de PDVSA.
Deja claro que «PDVSA hizo los pagos en dólares a los préstamos en bolívares de manera anticipada. en distintas fechas y a través de varias transacciones. El 10 de abril de 2013 se firmó un acta de finiquito al contrato de préstamo suscrito el 12 de marzo de 2012».
Este documento fue firmado por Luis Oberto Anselmi por parte de Violet Advisor S.A. y que fueron originalmente pactadas con Administradora Atlantic 17107 C.A propiedad de Juan Andrés Wallis Brandt.
Para el sobreseimiento de Víctor Aular se usó un documento emitido el 26 de septiembre de 2022, firmado por Ramón Ostos, director de la firma de contadores KPMG de Venezuela donde se resume los pagos en dólares por los préstamos en bolívares por parte de PDVSA a favor de la empresa de Wallis Brandt.
Esta operación supuestamente «no generó daño financiero a la reserva de la industria petrolera», comentario que contradice a quien plantó la denuncia en la fiscalía del régimen de Maduro, que no es otro, que el mismo Tareck El Aissami, actual Ministro de Hidrocarburos de la dictadura
Según la sentencia, el tribunal evidenció que las acciones desplegadas por Víctor Aular en la operación calificada por El Aissami como un enorme esquema de corrupción, fueron ejecutadas por el sobreseído (Aular) bajo las condiciones y lineamientos jurídicos que especificaba el contrato firmado y autorizado por la directiva de PDVSA., es decir, Aular sólo cumplía sus funciones y que tales acciones no afectaron el patrimonio público.
Los resultados de la investigación hacen referencia a la denuncia que interpuso El Aissami del 30 de agosto de 2022, y que la pidió «como presidente de la Comisión Presidencial Alí Rodríguez Araque».
El Aissami acusó a Rafael Ramírez, Juan Carlos Márquez, Víctor Aular, Nervis Villalobos, Alejandro Betancourt López (socio de Francisco Convit Guruceaga), entre otros, de haber ejecutado la trama irregular que representó para «PDVSA pagar sus acreencias en dólares cuando lo que había recibido a cambio era bolívares lo que constituye a todas luces una operación fraudulenta».
Asimismo, se denunció que la significativa decisión de la empresa de Juan Andrés Wallis Brandt, de traspasar en horas a las empresas de Luis e Ignacio Oberto Anselmi los contratos que los beneficiaron con millones de dólares por préstamos en una moneda devaluada, violaba las normativa venezolana.
Por ley, PDVSA está obligada a vender las divisas provenientes de sus exportaciones de crudos y sus derivados al Banco Central de Venezuela, para así obtener los bolívares necesarios para cumplir con sus compromisos locales. La denuncia advierte que la operación si comprometía el patrimonio nacional. El fallo a favor de Aular dice que no.
La demanda de El Aissami sugiere que los dueños de las tres empresas involucradas en la operación y los funcionarios de PDVSA orquestaron esta maniobra fraudulenta para la adquisición de divisas a tasa preferencial, asunto completamente ilegal, porque para la fecha existía un control de cambio en el país (CADIVI). la línea de crédito de Atlantic a PDVSA, fue irregular y las ganancias fraudulentas se obtuvieron en bancos suizos.
En la denuncia se destaca que la empresa Violet realizó dos transferencias a beneficio de Nervis Villalobos Cárdenas en una cuenta que estaba en el banca Privada de Andorra BPA Serveis SA, a nombre de la empresa VAMSHORE ENTERPRISES LTD, por un monto de $55.600.000 millones.
Nervis Villalobos había suscrito un contrato falso con Atlantic, Violet y Welka de supuestos servicios. Otro de los funcionarios involucrados, Abraham Ortega, Director Interno de Finanzas de PDVSA, fue quien suscribió el acta de finiquito de la operación.
Se plantea que parte del dinero que logró de manera fraudulenta fue aprovechado por Leopoldo Alejandro Betancourt López, a través de empresas de fachada, para tratar de ocultar los fondos obtenidos del esquema corrupto.
Cuando El Aissami introdujo la demanda a la fiscalía, se hizo un acta de investigación penal que está firmada por el Comisario Jefe, Jesús Viloria, comisario, Mairobis Osorio, los inspectores Manuel Gallardo Luna Bello, Miguel Palacios y otros.
Las diligencias para el sobreseimiento
El sobreseimiento de la causa contra Aular se basa en lo establecido en el artículo 300, numeral 2, primer supuesto del Código Orgánico Procesal Penal que indica que el hecho imputado es atípico y no por ende no reviste de carácter penal.
La sentencia a favor del exvicepresidente de PDVSA dice «que operación denunciada no es delito porque no constituyó un daño al patrimonio de Venezuela, ya que el contrato establecía que pagó era dólares y no en bolívares, y esto se estableció antes que se haya instaurado el régimen de control de cambio, por lo cual no exime a la intimada del pago en dólares de EE. UU. porque esa era la moneda prevista en el contrato».
La sentencia destaca que el delito acusado no se encuentra previsto en el ordenamiento jurídico venezolano como conducta sujeta a sanción penal.
Por su parte, la empresa KPMG en el informe entregado para justificar la operación dice que «PDVSA obtuvo una ganancia por los pagos anticipados de estas transacciones similares para el año 2013 de $1.100 y para 2012 de $1.978 millones como consecuencia de las operaciones acusadas».
Destaca que el sobreseimiento de la causa a favor de Víctor Aular procede porque el hecho objeto del proceso no se realizó ni puede ser atribuido al imputado, por ende la acción penal queda extinguida y resulta acreditada a la cosa juzgada.
Agrega que a pesar de la falta de certeza, no existe razonable posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases para solicitar un juicio al imputado.
Asegura que los sobreseimientos, o preclusión o dismiss, proceden cuando de la investigación resulte que el hecho que motivó la apertura de la averiguación es inexistente, no puede ser suficientemente acreditado o resulte no ser constitutivo de un delito. o cuando no conste la participación de los imputados.
¿Quiénes se pueden beneficiar del sobreseimiento de Víctor Aular?
Tal como se dijo inicialmente, la denuncia hecha por Tareck EL Aissami en Caracas en agosto de 2022, estaba esencialmente basada en una acusación federal que la fiscalía del Distrito Sur de la Florida interpuso ante la Corte del primer circuito en Miami en contra de un grupo de operadores y exfuncionarios venezolanos que establece que hubo un esquema de corrupción a través del cual se lavaron 1200 millones de Petróleos de Venezuela.
En la primera etapa del proceso arrestaron y procesaron tres de los individuos que formaron parte de este esquema de corrupción demandado, a saber: Mathias Krull, Abraham Edgardo Ortega y Gustavo Adolfo Hernández Frieri.
Los fiscales estadounidenses aseguran que la mayoría de los señalados son “operadores sofisticados con conocimiento del sistema bancario internacional” y por lo tanto saben cuáles son las rutas para efectuar el lavado de dinero que proviene de una operación criminal. Entre los funcionarios mencionados en la acusación está Víctor Aular y Abraham Ortega.
En los documentos del caso «Operación Fuga de Dinero»,que lavó en el sistema financiero norteamericano 1.200 millones de dólares provenientes de PDVSA, están involucrados tres funcionarios.
La acusación dice que el Oficial 1, quien aprobó un préstamo el 17 de diciembre de 2014, es un vicepresidente de Pdvsa., que en ese entonces era Víctor Aular.
En 2012, PDVSA autorizó una operación con la empresa Administradora Atlantic 17107, CA., para efectuar desembolsos, realizar pagos parciales y totales e incluso pagos anticipados del capital e intereses. Los responsables firmantes del acuerdo fueron Rafael Ramírez Carreño, Asdrúbal Chávez, E. Del Pino y Víctor Aular.
El dueño de una de las principales empresas de la trama corrupta, Administradora Atlantic 17107, Juan Andrés Wallis Brandt llegó acuerdos con los fiscales y sirvió como cooperante en la investigación de los fiscales de la Florida, según confirmaron varias fuentes ligadas al caso.
En el año 2022, varios de los acusados de nacionalidad venezolana que fueron acusados por los fiscales federales de EE. UU. iniciaron un plan para librarse de las demandas, presentando a la corte una serie de documentos de PDVSA que demuestran que las actividades por las cuales fueron acusados no eran irregulares, o que como funcionarios públicos, tomaron acciones para denunciar las irregularidades, cumpliendo así con su deber.
Leer este caso:
En paralelo, varios operadores han efectuado varias diligencias para contratar los servicios de prestigiosos bufetes de abogados en EE. UU., así como agencias de cabildeo.
Igualmente, ha llevado acciones contra funcionarios del Departamento de Justicia, de las agencias federales y personas que actúan como mediadores en otros países.
Francisco Convit Guruceaga cambió de abogado para su representación en la Corte del Distrito Sur de la Florida el 7 de diciembre de 2022, una semana después que el tribunal en Caracas aprobara el sobreseimiento de la causa contra Víctor Aular. Convit, fugitivo de la justicia de EE. UU. está representado por Jorge A. Pérez Santiago, del escritorio jurídico STUMPHAUZER KOLAYA NADLER &
SLOMAN, PLLC del estado de la Florida.
En la medida que se han ido mejorando las relaciones entre EE. UU. y el régimen de Nicolás Maduro también se han ido abriendo puertas para los operadores acusados en las cortes norteamericanas, que buscan beneficiarse de los posibles acuerdos que están bajo la mesa de negociación privada en Caracas.
1) ¿Por qué Tareck El Aissami hizo la denuncia en agosto de 2022 a pesar que la información sobre la trama estaba disponible desde 2012?
2) ¿Por qué se decide liberar a Víctor Aular que había hablado previamente con las autoridades norteamericanas?
4) ¿Cuál es el compromiso de Nicolás Maduro con las decisiones? ¿Compromete algunos de sus hombres, mientras beneficia a otros? ¿Hay alguna cabeza en peligro? ¿Sí es así por qué la denuncia de El Aissami?