05-05-2017 03:55:00 p.m. | Klibis Marín Mejías.- Mediante el Decreto 2.833, contenido en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.296, quedó oficializado el ajuste para la base de cálculo de los cestaticket y la modificación en la modalidad de pago de los mismos.
Dicho Decreto establece un plazo de 30 días a partir de su publicación en Gaceta Oficial, para que las empresas adecuen sus sistemas de nómina a fin de proceder al pago del cestaticket socialista, en dinero en efectivo, en las cuentas bancarias del personal.
La base de cálculo para el pago del cestaticket socialista quedó establecida en 15 Unidades Tributarias, pudiendo percibir hasta un máximo equivalente a 450 Unidades Tributarias al mes.
Quedó oficializado que los empleadores pagarán a cada trabajador en efectivo o mediante abono en su cuenta nómina, el monto por beneficio del bono de alimentación, sin incidencia salarial.
“Expresando en recibo de pago separado el monto que resulte por los días laborados, así como indicando que el mismo no genera incidencia salarial alguna, y en consecuencia no podrán efectuarse deducciones sobre éste, salvo las que expresamente autorice el trabajador para la adquisición de bienes y servicios en el marco de los programas y misiones sociales para la satisfacción de sus necesidades”, señala el texto de la Gaceta Oficial.
Los cupones, tickets y tarjetas electrónicas que ya hayan sido emitidas, mantendrán su validez y vigencia.