Banesco acatará sentencia del TSJ

20-12-2016 10:32:00 a.m. | Emen.- Banesco Banco Universal respondió, a través de su cuenta Twitter; @Banesco, a la sentencia de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) e informó que cancelará el monto de lo establecido por la medida judicial.

Twitter de Banesco 1 Twitter de Banesco 2
La Sala Político Administrativa del TSJ ordenó el embargo ejecutivo contra Banesco Banco Universal por un total de 7 millones 751 mil 233,90 dólares.
Horas más tarde a través de su misma cuenta de la red social twitter, Banesco publicó un comunicado de acatamiento de la sentencia emitida por el TSJ.
Comunicado de Banesco
La sentencia con fecha del 14 de diciembre, no representa una intervención a la entidad bancaria, responde a la apelación ejercida por Banesco tras una demanda por “incumplimiento de contrato de mandato e indemnización de daños y perjuicios” interpuesta por el Síndico Procurador del Municipio San Francisco del estado Zulia, hace ocho años.
El alcalde del municipio San Francisco, Omar Prieto, informó hace dos meses, que la demanda a la entidad bancaria obedeció a un “saqueo” en la gestión anterior de ese Municipio del estado Zulia.
La acción judicial obedece a la compra de de 21 compactadores de basura en el año 2007 y que, según el alcalde Prieto, estaban deterioradas, «fue una estafa millonaria que se le hizo a la alcaldía acompañada por la complicidad del exalcalde Saady Bijani, la empresa Barsuvenca y el banco universal Banesco», la entidad bancaria aseguró en su comunicado que «esta acción debió ser intentada contra Barsuven Servicios Sanitarios y sus garantes, y no contra el banco que no tiene responsabilidad en ningún grado sobre el buen funcionamiento de las unidades automotoras».
Las investigaciones se iniciaron en el año 2008, por la sustracción de 3 millones de dólares ($2.931.068,81), y hubo un fallo en el 2015 que fue apelado por Banesco.
El Máximo Tribunal ordena la ejecución forzosa de la sentencia Núm. 1188 de fecha 16 de octubre de 2015 y su aclaratoria contenida en la decisión Núm. 1554 del 02 de diciembre del mismo año dictadas por la Sala Constitucional, de la cual forma parte la experticia complementaria del fallo, elaborada por el Banco Central de Venezuela.