El Secretario de Estado, Marco Rubio, anunció la intención de designar a la organización criminal como FTO ¿Cuáles son las consecuencias legales, diplomáticas y doctrinales de aplicar la figura de terrorismo a una estructura criminal con vínculos estatales? ¿Afecta a los venezolanos?
Desde su confirmación como Secretario de Estado en enero de 2025, Marco Rubio ha redefinido la estrategia de seguridad hemisférica de los Estados Unidos. Su anuncio más reciente —la designación del Cártel de los Soles, vinculado a la cúpula militar venezolana y al entorno de Nicolás Maduro, como organización terrorista extranjera (FTO)— marca el objetivo claro de la Administración en torno a lo que se ha denominado Doctrina Trump para la seguridad hemisférica.
La designación no es un gesto político: es una acción de Estado con consecuencias jurídicas y diplomáticas de largo alcance.
Por primera vez, Washington aplica su legislación antiterrorista contra una red criminal integrada al aparato de un gobierno soberano.
Esto transforma el conflicto con Venezuela en un nuevo tipo de enfrentamiento: una guerra jurídica y financiera global bajo la bandera de la lucha contra el terrorismo de Estado.
De las guerras del desierto al Caribe: el enemigo se redefine
Durante dos décadas, Estados Unidos libró la “Guerra contra el Terrorismo” en el Medio Oriente, enfrentando a Al Qaeda, ISIS y Hezbollah. Hoy, esa doctrina se traslada al continente americano.
Rubio sostiene que las estructuras criminales híbridas, donde confluyen el poder político, el narcotráfico y la represión estatal, constituyen una amenaza equivalente al terrorismo global.
El Cártel de los Soles, compuesto por oficiales de las Fuerzas Armadas y altos funcionarios chavistas, sería el primer caso de una organización terrorista de Estado en el hemisferio occidental.
Informes de la DEA, el Departamento de Justicia y el Comando Sur respaldan esta visión: Venezuela no sólo exporta drogas, sino que opera como un hub logístico del crimen transnacional con presencia activa en el Caribe, Centroamérica y África Occidental.
El marco jurídico: poder ejecutivo y extraterritorialidad
La designación de una Foreign Terrorist Organization (FTO) se realiza bajo la Sección 219 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), y otorga al Secretario de Estado autoridad directa para determinar que una entidad extranjera “amenaza la seguridad de Estados Unidos o de sus ciudadanos”.
Rubio puede actuar sin aprobación del Congreso, aunque debe notificar a los comités de relaciones exteriores y de inteligencia.
Además, el Executive Order 13224 —ampliado tras los ataques del 11-S y reforzado en 2025 con el EO 14157— permite sancionar a individuos, bancos y empresas que provean apoyo material a entidades designadas como terroristas.
En la práctica, el Departamento del Tesoro y la OFAC pueden congelar activos, imponer sanciones secundarias y bloquear operaciones financieras en cualquier jurisdicción.
Esta autoridad extraterritorial implica que funcionarios, intermediarios o empresas vinculadas al régimen venezolano quedarían sujetos a investigación, embargo o procesamiento en tribunales estadounidenses por “apoyo al terrorismo”.
Consecuencias directas para Venezuela
La inclusión del Cártel de los Soles como FTO equivale a declarar que Venezuela actúa como Estado patrocinador del terrorismo, al nivel de Irán o Corea del Norte.
Esto activará sanciones automáticas sobre comercio, financiamiento y cooperación internacional, además de aislar diplomáticamente al régimen de Maduro.
Washington podrá incluso invocar la doctrina de legítima defensa preventiva, autorizando operaciones de inteligencia o interdicción marítima en aguas del Caribe bajo el argumento de “neutralizar amenazas terroristas”.
Fuentes del Pentágono confirmaron que el USS Gerald R. Ford, con más de 4 000 efectivos, ya se encuentra desplegado en la región con órdenes de monitorear rutas de narcotráfico asociadas a oficiales venezolanos.
El impacto económico será inmediato: los bancos europeos y asiáticos que aún manejan transacciones con PDVSA o el Banco Central de Venezuela enfrentarán riesgo de sanciones secundarias.
En términos diplomáticos, Caracas quedará bajo un aislamiento total.
Entramado Jurídico
El 17 de noviembre de 2025, el Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció oficialmente su intención de designar al Cártel de los Soles como una Organización Terrorista Extranjera (FTO), con efecto a partir del 24 de noviembre de 2025.
Esta medida es un paso adicional en una escalada directa contra el régimen de Nicolás Maduro, acusado de facilitar el narcoterrorismo y colaborar con redes del crimen organizado transnacional.

Base Legal de la Designación
Autoridad Principal:
La acción se fundamenta en la Sección 219 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act, INA) de 1952, enmendada.
Dicha sección otorga al Secretario de Estado, en consulta con el Fiscal General y el Secretario del Tesoro, la facultad de designar como FTO a organizaciones extranjeras que cumplan con criterios específicos:
Participar en actividades terroristas que amenacen la seguridad de los nacionales de EE.UU. o la seguridad nacional.
Mantener una capacidad terrorista o haber planificado, preparado o intentado llevar a cabo actos terroristas.
Ser dirigida por individuos o grupos que apoyen o financien el terrorismo.
Efecto Legal:
La designación entra en vigor una vez publicada en el Federal Register, prevista para el 24 de noviembre de 2025.
Antes de esa fecha, el Departamento de Estado notifica formalmente a la organización y permite un breve período para oposición, aunque estas designaciones rara vez se revierten.
No es la primera acción contra el grupo.
El 25 de julio de 2025, el Departamento del Tesoro ya había designado al Cártel de los Soles bajo la Orden Ejecutiva 13224 (EO 13224) de 2001, enfocada en bloquear propiedades y activos de individuos involucrados en terrorismo o proliferación de armas de destrucción masiva.
Esa medida previa complementa la actual, centrada en el congelamiento financiero y la tipificación penal.
Razones para la Designación
Según el anuncio oficial del Departamento de Estado:
El Cártel de los Soles tiene su base en Venezuela y está dirigido por Nicolás Maduro y altos funcionarios del régimen ilegítimo, quienes han corrompido las instituciones militares, judiciales y de inteligencia.
Colabora con otras organizaciones terroristas designadas, como el Tren de Aragua y el Cártel de Sinaloa, para perpetrar violencia y tráfico ilícito en el hemisferio occidental.
Es responsable del tráfico de drogas hacia Estados Unidos y Europa, considerado “narcoterrorismo” que amenaza la seguridad nacional.
Según la postura oficial de Washington, Maduro y sus aliados no representan al gobierno legítimo de Venezuela.
Esta designación eleva el estatus del grupo de red narcotraficante a entidad terrorista, lo que habilita herramientas jurídicas, financieras y militares más amplias para desarticular su estructura y redes internacionales.
Consecuencias Jurídicas de la Designación como FTO
La designación implica un conjunto de sanciones automáticas y severas bajo el derecho estadounidense:
Prohibición de apoyo material: cualquier persona o entidad estadounidense que provea “apoyo material o recursos” —fondos, entrenamiento, armas o servicios— al grupo enfrenta penas de hasta 20 años de prisión (Sección 2339B, Título 18 del Código de EE.UU.).
Restricciones migratorias: los miembros del grupo son inadmisibles a EE.UU. y sujetos a deportación si se encuentran en territorio estadounidense.
Congelamiento de activos: todos los bienes y propiedades del grupo bajo jurisdicción o control de EE.UU. se bloquean automáticamente (EO 13224 / OFAC).
Sanciones financieras: bancos y entidades internacionales deben rechazar transacciones vinculadas al FTO y reportarlas al Tesoro.
Impacto extraterritorial: la medida puede extenderse mediante acuerdos con aliados, facilitando extradiciones, cooperación judicial y bloqueos multilaterales.
De acuerdo con la declaración del Departamento de Estado, la finalidad es “negar recursos, quebrar las estructuras financieras y proteger la seguridad nacional estadounidense” como parte de una campaña más amplia contra el narcoterrorismo venezolano.
Precedentes que abren el camino
El modelo jurídico no es nuevo. En 2014, la designación de ISIS como FTO permitió a Estados Unidos congelar activos, procesar a colaboradores y justificar operaciones armadas. Lo mismo ocurrió con Hezbollah, al reconocerse su estructura financiera global.
En enero de 2025, Rubio —ya como jefe de la diplomacia estadounidense— declaró terroristas a las pandillas ecuatorianas Los Choneros y Los Lobos, e inició el envío de drones y asistencia militar a Quito.
El paso siguiente es Venezuela: un Estado que, según Washington, ha institucionalizado el crimen como herramienta de poder.
El debate doctrinal: ¿nace el terrorismo de Estado?
Más allá de la política, la medida introduce un desafío conceptual.
Tradicionalmente, el terrorismo se atribuía a actores no estatales.
El caso venezolano plantea la existencia de un Estado convertido en instrumento del crimen organizado, lo que lleva a la consolidación de un nuevo concepto operativo: terrorismo de Estado.
Esta reinterpretación transforma el marco jurídico del antiterrorismo: ya no depende de ideologías, sino de estructuras de poder que combinan represión, narcotráfico y corrupción sistémica.
Rubio ha descrito este fenómeno como “la fusión perfecta entre un cartel y un régimen totalitario”.
El derecho como campo de batalla
Si la designación se consolida el 24 de noviembre, Venezuela se convertirá en el primer Estado moderno sancionado bajo legislación antiterrorista estadounidense.
El concepto de terrorismo de Estado dejará de ser un término académico para convertirse en una figura legal, sancionable y operativa.
El conflicto ya no será militar ni diplomático: será legal, financiero y multilateral, librado en tribunales y sistemas bancarios.
Y su desenlace podría redefinir el equilibrio de poder jurídico en todo el hemisferio occidental.