11-11-2016 07:07:00 a.m. | Eligio Rojas.- La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible un recurso de amparo que perseguía resucitar el referendo revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro, según sentencia N° 153 difundida ayer.
El amparo fue interpuesto por Julio Alejandro Pérez Graterol quien denunció a los tribunales penales de Apure, Aragua, Carabobo y Bolívar «por invadir una competencia que le corresponde a la Sala Electoral» al haber suspendido el 1% de firmas recogidas en esas entidades para impulsar el revocatorio.
Pero, igualmente, denunció que el Consejo Nacional Electoral suspendió la recolección del 20% de las firmas pautada para el 26, 27 y 28 de octubre pasados «sin un acto administrativo formado, razonado y argumentado».
La Sala Electoral, en ponencia de su presidenta Indira Alfonzo, respondió que Pérez Graterol debió interponer sus pretensiones de forma independiente y por separado. «La parte actora incurrió en una inepta acumulación», acotó.