Perito judicial de la subasta de CITGO recibió una oferta de Amber Energy que supera a la de Dalinar Energy

El perito judicial de la subasta de CITGO, Robert. B. Pincus, informó al Tribunal de Delaware que supervisa el proceso de venta de la refinería venezolana, su determinación respecto a una Propuesta Superior para la adquisición de las Acciones PDV Holding, específicamente, Amber Energy Inc.

Precisa Pincus en su comunicación que Amber Energy presentó una oferta revisada el 22 de agosto de 2025, que él considera una Propuesta Superior en comparación con el acuerdo existente con Dalinar Energy Corporation. En tal sentido, esta última debe presentar sus revisiones a su propia propuesta si así lo desea hasta el 28 de agosto de 2025.

Esta nueva oferta destaca el alto nivel de competencia de la subasta de CITGO, por lo que en esta puja Dalinar se enfrenta a una decisión crítica: revisar su oferta para igualar o superar la Amber o permitir que el proceso avance con Amber Energy como el licitador principal.

Por otra partem, Reserve Ltd. pidió al Tribunal de Delaware revelar las transcripciones de las conferencias ex parte que el perito judicial de la subasta de Citgo en las que discutió las propuestas competitivas no solicitadas, recibidas entre el 30 de junio y el 8 de agosto del presente año 2025.

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Nueva oferta superior de Amber Energy

El 25 de agosto de 2025, el perito judicial de la subasta de CITGO, Robert B. Pincus, notificó al Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Delaware que la oferta revisada de Amber Energy Inc., constituye una «Propuesta Superior» en comparación con el acuerdo existente con Dalinar Energy Corporation para la adquisición del 100 % de las ccciones de PDV Holding.

En tal sentido, Pincus estableció el inicio de un período de tres días hábiles para que Dalinar revise su propuesta, si así lo desea, antes de la audiencia de venta programada para el 15 de septiembre de 2025.

El 8 de agosto de 2025, Robert B. Pincus recibió una Propuesta Competidora No Solicitada de afiliados de Amber Energy Inc. para adquirir el 100 % de las Acciones de PDVH, la cual, fue revisada el 22 de agosto de 2025 según los lineamientos del tribunal.

Componentes clave de la oferta de Amber

Precisa el perito judicial de la subasta de CITGO que la propuesta incluye un precio de compra compuesto en efectivo y no en efectivo.

La oferta propone una cantidad adicional de consideración que se usaría:

para satisfacer una porción de la Sentencia Adjunta de Gold Reserve Ltd., o

si Gold Reserve rechaza dicha consideración propuesta, para satisfacer a otros Acreedores de Sentencias Adicionales según lo determine el perito judicial en consulta con Amber Energy o según lo dirija el Tribunal.

La naturaleza y el monto de esta oferta adicional se proporcionó a Dalinar y a las partes del proceso de venta, los cuales se harán públicos antes del 15 de septiembre de 2025. Pincus optó por retener esta información temporalmente «para promover un proceso de venta justo y competitivo y para evitar recompensar a cualquier posible postor que haya optado por no presentar una oferta antes de la fecha límite del 22 de agosto de 2025».

La oferta incluye «un acuerdo de apoyo a la transacción ejecutado por Amber Energy y los tenedores de Bonos PDVSA 2020 con más del 67 % de los Bonos PDVSA 2020».

Solicitud de desclasificación de transcripciones ex parte

El 25 de agosto de 2025, en el contexto del caso Crystallex International Corporation contra la República Bolivariana de Venezuela que se desarrolla en el Tribunal Federal de Delaware, Gold Reserve Ltd. solicitó la desclasificación y el archivo en el expediente de las transcripciones de las conferencias ex parte del perito judicial de la subasta de CITGO, Robert B. Pincus, específicamente las llevadas a cabo el 11 y 13 de agosto de 2025.

Igualmente, pidió las transcripciones de cualquier otra conferencia ex parte en la que Pincus haya informado al tribunal sobre las «Propuestas Competitivas No Solicitadas» recibidas el 30 de junio de 2025 y el 8 de agosto de 2025.

La moción enfatiza que el perito judicial obtuvo la aprobación de la corte para interactuar con las personas que presentaron estas propuestas, según lo estipulado en la Sección 6.16(c) del Acuerdo de Compra de Acciones (SPA) entre él y Dalinar Energy.

El pedido va acompañado de dos comunicaciones en las que se da cuenta de que Robert Pincus recibió una Propuesta Competitiva el 30 de junio de 2025 (Anexo A); y otras el 8 de agosto de 2025 (anexo B)

Gold Reserve argumenta que la moción debe decidirse de forma expedita debido a las próximas fechas de la audiencia de venta reprogramada.

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