Pautan juicio a miembro del Tren de Aragua para el 15 de octubre en el Tribunal para el Distrito Este de Michigan: Jefferson José Olivo Duque al banquillo

El miembro de la organización terrorista Tren de Aragua, Jefferson José Olivo Duque, irá a juicio el 15 de octubre de 2025, por decisión del juez de distrito, Robert J. White, titular del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Michigan.

Contra Olivo Duque cursa en dicha corte una denuncia penal oficial presentada por un oficial de deportación del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos ​(ICE), quien lo acusó de reingreso ilegal después de ser removido de los EE. UU.

La denuncia refiere que, tras la remoción el 6 de julio de 2023, el acusado reingresó a los EE. UU. fue ⁠encontrado nuevamente en el país⁠ el 9 de agosto de 2025, en el condado de Macomb, Michigan. Ello constituye ⁠causa probable⁠ para procesarlo penalmente por reingresar sin el permiso requerido.

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Orden y cronograma del juicio

El 8 de septiembre de 2025, el juez de distrito, Robert J. White, emitió una orden de programación y aviso de juicio para Jefferson José Olivo Duque.

Estableció que las mociones de las partes se recibirían hasta el 25 de septiembre; la fecha límite para la declaración de culpabilidad, así como para la realización de la conferencia final previa al juicio fijada se pautó para el 15 de octubre de 2025 a las 2 p. m.; el juicio por jurado se fijó fijado para el 28 de octubre de 2025 a las 8:30 a. m.

Previo, el 21 de agosto de 2025, tras su comparecencia ante el juez de paz, David R. Grand, a Jefferson José Olivo-Duque —quien admitió su detención— se le pautó someterse a interrogatorio preliminar el 4 de septiembre 9/2025 a la 1:00 p. m. Se le dispuso como abogado defensor comunitario a Fabián Reneteria. El fiscal del caso asignado fue Robert Moran.

El 4 de septiembre de 2025, ante la jueza magistrada, Kimberly G. Altman, tras ser impuesto de cargos, Jefferson José Olivo Duque se declaró inocente.

Denuncia penal contra presunto miembro del Tren de Aragua

El 19 de agosto de 2025, Craig Hunter, oficial de deportación de ICE, presentó ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Michigan, una denuncia penal sustentada con una declaración jurada ante el juez magistrado, David R. Grand, contra Jefferson José Olivo Duque, un ciudadano venezolano de 29 años, por reingreso ilegal a los Estados Unidos después de una deportación previa.

Se sospecha que Olivo Duque sea integrante de la organización terrorista tren de Aragua. Se le señala de infringir el Título 8, Sección 1326(a) del Código de los Estados Unidos, cuando el 19 de agosto de 2025 reingresó ilegalmente al Condado de Macomb, Michigan.

Los puntos clave son los siguientes:

Deportación previa: Olivo Duque fue deportado de los Estados Unidos a Venezuela el 6 de julio de 2023, tras una orden de remoción emitida por un Juez de Inmigración.

Reingreso y descubrimiento: fue encontrado nuevamente en los Estados Unidos el 9 de agosto de 2025, en Clinton Township, Michigan, después de que la policía local lo encontrara proporcionando un nombre falso.

Afiliación a pandilla: durante la investigación, las verificaciones de registros lo identificaron como un miembro conocido de la organización terrorista Tren de Aragua.

Base de la acusación: la denuncia establece causa probable de que Olivo-Duque reingresó al país sin obtener el consentimiento requerido del fiscal general de los Estados Unidos o del secretario de Seguridad Nacional, constituyendo un delito federal.

Cronología detallada de los hechos

La declaración jurada presentada por el Oficial de Deportación, Craig Hunter, detalla una secuencia de eventos que abarcan más de dos años, desde el encuentro inicial de Jefferson José Olivo-Duque con las autoridades de inmigración hasta su arresto más reciente.

13 de marzo de 2023: Olivo-Duque es encontrado por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) en el Puente Paso Del Norte en El Paso, Texas, al presentarse para inspección y admisión. La CBP lo procesa para Remoción Acelerada.

17 de marzo de 2023: mientras se encuentra bajo custodia, Olivo-Duque alega tener miedo de regresar a Venezuela. Es remitido al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (CIS) para una evaluación de «Miedo Creíble».

27 de marzo de 2023: el CIS emite una determinación positiva de miedo creíble.

31 de marzo de 2023: se le notifica un formulario I-862 (Aviso de Comparecencia) para presentarse ante un juez de inmigración en El Paso, Texas, para continuar con su solicitud de asilo.

10 de mayo de 2023: un juez de inmigración en El Paso ordena la remoción de Olivo-Duque de los Estados Unidos a Panamá, o alternativamente a Venezuela.

6 de julio de 2023: Olivo-Duque es físicamente removido de los Estados Unidos. Es deportado a Venezuela a través de un vuelo chárter de ICE desde Miami, Florida.

Fecha desconocida: Olivo-Duque reingresa a los Estados Unidos en una fecha y lugar desconocidos, sin ser inspeccionado, admitido o puesto en libertad condicional por un oficial de inmigración.

9 de agosto de 2025: el Departamento de Policía de Clinton Township, Michigan, encuentra a un individuo venezolano que proporciona un nombre falso. El Agente de Servicio de Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI) en Detroit recibe una notificación y, a través de verificaciones de registros, lo identifica como Jefferson José Olivo-Duque, un extranjero previamente deportado. Las verificaciones también revelan su membresía conocida en la pandilla Tren de Aragua.

9 de agosto de 2025: un agente de HSI toma la custodia de Olivo-Duque y lo transporta a la Oficina de Campo de ICE ERO en Detroit. Se le notifica el Formulario I-871 (Aviso de Intención/Decisión de Restablecer la Orden Anterior).

El Oficial de Deportación Craig Hunter concluye su declaración jurada con la afirmación de que, con base en los hechos presentados, existe causa probable para procesar penalmente a Jefferson José Olivo-Duque.

La solicitud formal al tribunal es para la emisión de una denuncia penal y una orden de arresto por la violación del Título 8, Código de los Estados Unidos, § 1326(a).

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