Una migrante venezolana demanda al gobierno de EE. UU. por uso inapropiado de Ley de Enemigos Extranjeros (AEA) en Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Oeste de Texas-División De El Paso. Se trata de una acción que busca proteger a un grupo de venezolanos detenidos en Texas que enfrentan una remoción inminente y potencialmente perjudicial bajo esta ley.
La acción a la par de demanda es una petición de habeas corpus contra funcionarios del gobierno de Estados Unidos, incluido el presidente Donald Trump, así como agencias gubernamentales como el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos (ICE) y el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS, por las siglas en inglés de Department of Homeland Security).
La demanda la entabla M.A.P.S. (práctica de identificación común en procedimientos legales cuando hay preocupación sobre la privacidad, la seguridad o la persecución de la persona involucrada), una ciudadana venezolana detenida que actúa en su propio nombre y en el de otros en situación similar en Texas, quienes enfrentan una remoción inminente.
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La demanda
La AEA es ilegal porque el Tren de Aragua no es una «nación o gobierno extranjero»
El 10 de mayo de 2025, ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Oeste de Texas, División de El Paso, se presentó una petición de habeas corpus de clase, así como una demanda de desagravio declaratorio e inhibitorio presentada por M.A.P.S., una ciudadana venezolana detenida, en su nombre y en nombre de otras personas en situación similar.
Con esta acción, los demandantes impugnan la legalidad de una proclamación presidencial que invoca la Ley de Enemigos Extranjeros (AEA) para la remoción inmediata de no ciudadanos, específicamente ciudadanos venezolanos mayores de catorce años presuntamente miembros de la pandilla criminal venezolana Tren de Aragua (TDA).
Argumentan que la invocación de la AEA es ilegal porque TDA no es una «nación o gobierno extranjero», no está involucrada en una «invasión o incursión depredadora» militar. Estiman que la proclama del gobierno viola la propia AEA, la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), así como el debido proceso, al no proporcionar las protecciones de asilo, retención de remoción y no tortura, ni un aviso adecuado u oportunidad para impugnar la designación como «enemigo extranjero».
Sostienen que anula las protecciones procesales y sustantivas del Congreso para los no ciudadanos en procedimientos de inmigración —entre ellas la protección contra la tortura—, y no proporciona notificación ni oportunidad de revisión judicial para impugnar la designación como miembro de TDA.
También destacan decisiones judiciales anteriores que han encontrado la Proclamación como probablemente ilegal.
Uso indebido de la AEA
La demanda centraliza el argumento de que la proclamación presidencial de Donald Trump invoca la AEA de manera ilegal y sin precedentes. Recuerdan que esta ley, una autoridad en tiempo de guerra de 1798, solo se ha utilizado tres veces en la historia de EE. UU.:
En la Guerra de 1812.
En la Primera Guerra Mundial.
En la Segunda Guerra Mundial.
Igualmente destacan que la AEA está destinada a ser aplicada durante una «guerra declarada» contra una «nación o gobierno extranjero» o contra una «nación o gobierno extranjero» que esté realizando o amenazando con una «invasión o incursión depredadora».
La demanda sostiene que el Tren de Aragua, como pandilla criminal, no califica como una «nación o gobierno extranjero» y que la actividad criminal y la migración no constituyen una «invasión o incursión depredadora» militar, según el significado de la AEA. “No puede utilizarse contra una banda criminal ni en tiempos de paz”.
Sin embargo, el 15 de marzo, el gobierno trasladó al menos a 137 extranjeros venezolanos, en virtud de la Proclamación, a una de las cárceles más infames del mundo en El Salvador, donde podrían permanecer incomunicados de por vida, según el presidente salvadoreño.
Violación de las leyes de inmigración existentes (INA)
Por otra parte, la demanda alega que la proclamación de Donald Trump anula las protecciones procesales y sustantivas establecidas por el Congreso en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) de 1952 y sus enmiendas.
Refieren que la INA proporciona el procedimiento «único y exclusivo» para determinar la remoción de un no ciudadano y consagra importantes formas de protección humanitaria, entre ellas el asilo, la retención de remoción (basada en un temor bien fundado de persecución) y la protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT) (lo que prohíbe la remoción a un país donde sea más probable que no que el individuo enfrente tortura).
La invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros según la proclamación presidencial, elude estos procedimientos y protecciones, asevera la demanda.
Falta de debido proceso
Otro argumento central de la demanda es la ausencia de una notificación significativa y una oportunidad para que los individuos impugnen su designación como miembros del Tren de Aragua y, por lo tanto, como «enemigos extranjeros» bajo la proclamación.
Se destaca que los individuos recibieron una notificación de 12 horas (a menudo solo en inglés) y solo 24 horas para presentar una petición de habeas corpus si declaraban su intención de hacerlo, lo cual es considerado «manifiestamente inadecuado» por la demandante, en contraste con el fallo de la Corte Suprema de que la notificación debe ser «adecuada para permitirles buscar realmente la revisión judicial».
La demanda también señala que el proceso de la Ley de Enemigos Extranjeros niega el período de gracia requerido por la Sección 22 de la AEA para la salida voluntaria.
La demanda enfatiza el riesgo inminente y severo para los individuos sujetos a la proclamación de Trump, incluyendo la remoción a una «prisión brutal en El Salvador, quizás por el resto de sus vidas» o a Venezuela u otras ubicaciones donde enfrentan «encarcelamiento indefinido, persecución u otros daños».
Litigios en curso y fallos judiciales
Se hace referencia en la demanda a múltiples fallos judiciales en otros distritos que han encontrado que la proclamación es probablemente ilegal, citando que la invocación de la AEA excede el alcance del estatuto y que se violan las protecciones del debido proceso y la Constitución.
También menciona un fallo en el mismo distrito de Texas que sostiene que los individuos designados como enemigos extranjeros tienen derecho a una audiencia probatoria en un tribunal de distrito federal a través de una petición de habeas corpus para impugnar su designación, donde el gobierno debe probar la membresía de Tren de Aragua con evidencia «clara, inequívoca y convincente».
En este sentido se refiere que el gobierno utiliza una lista de verificación estandarizada —»Guía de Validación de Enemigos Extranjeros»— para determinar la membresía de TDA, basándose en criterios «dudosos» como atributos físicos (tatuajes, gestos, etc.) que los expertos consideran poco confiables.
Se procura en la demanda que se certifique una clase de «Todos los no ciudadanos bajo custodia en el Distrito Oeste de Texas que estuvieron, están o estarán sujetos a la Proclamación Presidencial de marzo de 2025 titulada ‘Invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros Respecto a la Invasión de los Estados Unidos por Tren de Aragua’ y/o su implementación».
Refiere que esta clase cumple los requisitos de la Regla 23 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil y de los principios de habeas corpus.
El pedido
La demanda busca alivio en forma de una orden de restricción temporal, una orden que prohíba la remoción bajo la proclamación del gobierno de Donald Trump, un recurso de habeas corpus, una declaración de ilegalidad de la Proclamación y una orden que exija 30 días de notificación y oportunidad de respuesta a cualquier designación de enemigo extranjero.
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