La lluvia de demandas contra Venezuela en procura del pago de sus deudas se incrementa. Los acreedores del país no cejan y exigen su dinero por todos los medios posibles. Ahora Air Canada busca cobrar a Venezuela sentencia por más de USD 25 millones ante el Tribunal de Columbia, los cuales corresponden al impago de la repatriación de fondos.
Dado que el Venezuela nunca pagó 106 solicitudes presentadas por la aerolínea a la extinta Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), para el cambio de los ingresos en bolívares de las ventas de boletos en el país por dólares estadounidenses y proceder a la repatriación de los mismos, la aerolínea acudió ante el CIADI en solicitud de un arbitraje.
El tribunal del Banco Mundial finalmente sentenció a favor de Air Canada Inc. y obligó a Venezuela a pagar USD 20 790 574 por daños más USD 4 834 129,39 por intereses y gastos.
Los activos —bienes y fondos venezolanos— en Estados Unidos son el objetivo de los acreedores y, en este caso, Air Canada Inc. que busca cobrarse en ellos la deuda que Venezuela se niega a pagar por otros medios.
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La demanda
El 31 de julio de 2024, los abogados de Air Canada Inc. demandaron a la República Bolivariana de Venezuela ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia la confirmación, reconocimiento y ejecución del laudo arbitral dictado a su favor el 13 de septiembre de 2021 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), por USD 285 624 703,39 que la demandada deberá pagarle por transferencia de fondos no cancelados más intereses, en virtud de lo establecido en el Acuerdo entre el Gobierno de Canadá y el Gobierno de la República de Venezuela para la Promoción y Protección de Inversiones (el tratado), de fecha 1 de julio de 2006.
El 1 de julio de 2004, Air Canada comenzó a operar la ruta Toronto-Caracas-Toronto, con tres vuelos semanales. La legislación venezolana establecía que la aerolínea debía solicitar la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), autorización para:
cambiar los bolívares venezolanos generados por sus ventas locales de boletos a dólares estadounidenses, y
para repatriar los dólares estadounidenses a su sede en Canadá.
Esta autorización se conocía como Autorización de Adquisición de Divisas (AAD).
De julio de 2004 a noviembre de 2012, Air Canada presentó 91 solicitudes de AAD a CADIVI por un total de USD 91 millones que la comisión aprobó en su totalidad.
De septiembre de 2013 a enero de 2014, Air Canada presentó 15 solicitudes de AAD adicionales a CADIVI por un total de USD 50 millones correspondientes a las ventas de boletos entre octubre de 2012 y diciembre de 2013. CADIVI nunca decidió aceptar o rechazar dichas solicitudes. En marzo de 2014, Air Canada suspendió sus vuelos hacia y desde Caracas debido —entre otras cosas— a su incapacidad para repatriar sus fondos a Canadá.
Desde abril de 2014 hasta octubre de 2014, Air Canada intentó —sin éxito— persuadir a Venezuela para que aprobara sus solicitudes de AAD y así reanudar sus operaciones en Venezuela. En ese mismo período, Venezuela aprobó solicitudes de AAD presentadas por otras aerolíneas internacionales, pero nunca las de Air Canada.
Air Canada acude al CIADI
CIADI concluyó que Air Canada tenía derecho a daños por el incumplimiento de Venezuela.
El 16 de diciembre de 2016, Air Canada presentó su Solicitud de Arbitraje ante el CIADI ante la negativa de Venezuela a procesar sus solicitudes de AAD en violación al tratado, la cual fue aprobada el 13 de enero de 2017.
La audiencia tuvo lugar entre el 10 y el 12 de marzo de 2020 y, posteriormente, cada parte del proceso hasta que, 13 de septiembre de 2021, el Tribunal emitió de manera unánime el Laudo en el que rechazó todas las objeciones de Venezuela y concluyó que “la presente disputa está dentro de su jurisdicción y es admisible”.
El tribunal concluyó que Venezuela incumplió su obligación en virtud del artículo VIII del Tratado de garantizar a Air Canada la libre transferencia de sus fondos; que Venezuela también incumplió su obligación de otorgar un “trato justo y equitativo” a las inversiones y los rendimientos de Air Canada. El CIADI rechazó el reclamo de la aerolínea de que Venezuela expropió directa o indirectamente sus inversiones y ganancias.
El Tribunal concluyó que Air Canada tenía derecho a daños por el incumplimiento de Venezuela y le otorgó USD 20 790 574 como resarcimiento. Asimismo, se establecieron intereses simples desde el 17 de marzo de 2014 hasta el pago total, así como el 75 % del pago de honorarios y gastos legales por USD 4 834 129,39.
Ante un pedido de corrección presentado por Venezuela el 12 de octubre de 2021, el tribunal corrigió el 27 de octubre de 2021el laudo de modo que el monto principal de los daños otorgados a la demandante devengaría “intereses simples… al tipo de cambio que refleje el coste de la deuda del reclamante desde el 26 de mayo de 2014 hasta el pago total”.
Respuesta de Venezuela
Venezuela pidió la anulación del laudo el 29 de noviembre de 2021 ante el Tribunal de Apelaciones de París y para ello argumentó que:
el Tribunal carecía de jurisdicción sobre la disputa de las partes;
el Tribunal no cumplió con su misión.
El 26 de septiembre de 2023, el Tribunal de Apelaciones de París decidió:
rechazando la solicitud de anulación de Venezuela;
determinando que el laudo era ejecutable en Francia;
ordenando a Venezuela pagar las costas del procedimiento de anulación.
Venezuela nunca realizó ningún pago en satisfacción del laudo.
Ante el tribunal de EE. UU.
Air Canada Inc. acudió a la justicia de Estados Unidos en razón de que el laudo está sujeto a la Convención de Nueva York en lo atinente al reconocimiento y ejecución “de laudos arbitrales dictados en el territorio de un Estado distinto del Estado en el que se solicita el reconocimiento y ejecución de dichos laudos”. Igualmente, porque tanto EE. UU. como Francia son parte de dicha convención.
Luego de cumplir con los requerimientos y estipulaciones de la Convención de Nueva York, Air Canada Inc. actuó ante el Tribunal para el Distrito de Columbia y solicitó:
confirmar, reconocer y ejecutar el Laudo (según lo corregido por la Decisión sobre la Corrección del Laudo);
dictar sentencia a favor del peticionario y en contra del demandado por el monto del laudo, más los costos del laudo; los intereses adjudicados en el laudo; los intereses posteriores al fallo; y los costos del procedimiento;
y otorgar al peticionario cualquier otro resarcimiento adicional que el tribunal considere justo y apropiado.
Venezuela responde o será sentenciada en rebeldía
A partir de la presentación de la demanda ate el Tribunal de Columbia, Venezuela cuenta con 60 días contados desde la fecha de la citación o enfrentará una sentencia en rebeldía.
Malas relaciones
Es de hacer notar que las relaciones entre Venezuela y la aerolínea canadiense estuvieron caracterizadas por la tensión, toda que vez que, aparta de los hechos narrados en la demanda, entre las partes hubo otras diferencias.
Así tenemos que el 19 de marzo de 2014, el ministro de Transporte Acuático y Aéreo para fecha, Hebert García Plaza, informó la decisión del gobierno venezolano de poner fin a la relación con comercial con Air Canadá.
Esto ocurrió, luego de que la aerolínea anunció la suspensión de sus vuelos a Venezuela para lo cual alegó razones de seguridad. Se refería a los disturbios que ocurrían en el país para la época y a la “incapacidad [del gobierno venezolano] de garantizar ‘la seguridad de sus operaciones’”.
El ministro García Plaza dijo que sería la cancillería venezolana la que iniciaría los trámites administrativos para hacer de conocimiento de la empresa aérea que Nicolás Maduro determinaría hasta qué momento tendría vigencia esta ruptura de dichas relaciones comerciales (1).
Fuentes consultadas:
1) El Heraldo. (19 de marzo de 2014). “Venezuela concluirá la relación con Air Canadá”. Disponible en: https://www.elheraldo.co/internacional/2014/03/19/venezuela-concluira-la-relacion-con-air-canada/