02:42 p.m. | Génesis Carrero Soto.-.- El Presidente de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional, José Guerra aseguró que de acuerdo a la Ley del Banco Central de Venezuela, en su artículo 18, Ricardo Sanguino no puede asumir la presidencia del ente emisor porque no cumple con los requisitos establecidos.
Durante la sesión de la comisión permanente, Guerra detalló que «la Ley que el mismo Psuv aprobó por medio de una Habilitante el 30 de diciembre entre otras cosas dice que el presidente del BCV debe tener mínimo 10 años de experiencia en el área económica y finaciera, Sanguino no lo tiene, lo que él tiene son 10 años como diputado, no se le conoce ni un escrito en materia económica, no se le conoce ninguna referencia bibliográfica». De la misma manera resaltó «esto no tiene que ver con nada personal en su contra sino que está en la Ley».
El también economista precisó que la persona que esté a la cabeza del BCV debe concentrarse en «luchar contra la inflación y no seguir financiando al gobierno generando desestabilización económica y desvaloración, que el BCV publique las estadísticas que ya tiene un año y dos meses sin publicar, y que se respeten a los trabajadores independientemente de sus posiciones políticas».
Por otro lado, Guerra recordó que el Tribunal Supremo de Justicia no tiene facultad para aprobar presupuestos, esto por la sentencia publicada por la Sala Constitucional que declaró su constitucionalidad a la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2017 y Ley de Endeudamiento.
«Que lo sepa el mundo, cualquier endeudamiento en moneda extranjera, en la forma de órgano emisor de un bono soberano, en la forma de un canje de deuda, en la forma de un préstamo bilateral o multilateral, en la forma de un acuerdo entre un banco y una empresa del Estado o entre un banco internacional y la República Bolivariana de Venezuela, que no sea aprobado por el Poder Legislativo es y será nulo de toda nulidad».
Finalmente el parlamentario José Guerra aseguró que «cuando ocurra un cambio en Venezuela cualquier trámite financiero no aprobado por la AN no será reconocido por las autoridades financieras, porque se está violando el artículo 312 de la Constitución Nacional que establece, que cualquier endeudamiento público deber ser aprobado por el Parlamento».