El Tribunal para el Distrito de Nueva York rechazó la intervención del abogado Bruce Fein en el juicio a Nicolás Maduro que se sigue en dicha instancia judicial. El juez de la causa, Alvin K. Hellerstein, determinó que la solicitud del abogado carece de fundamento legal.
No haber sido contratado directamente por el acusado ni por su defensa oficial, fue determinante para el magistrado, negara el pedido de representación, pues la argumentación del abogado sustentada en contactos con fuentes anónimas supuestamente cercanas al mandatario, es insuficiente para validar su participación profesional.
Ante una solicitud para invalidar su participación en la defensa de Nicolás Maduro Moros presentada por Barry Pollack, el abogado Bruce Fein aseguró haber actuado de buena fe con base en peticiones del entorno cercano del acusado. En tal sentido, pidió al tribunal realizar una entrevista privada con el acusado para confirmar personalmente quién desea que lidere su defensa técnica.
El documento de Fein ante la corte subraya la importancia de proteger el derecho constitucional a elegir un abogado de confianza dadas las complejas circunstancias de la detención. Se comprometió a retirarse de inmediato si el juez determina que su presencia no refleja la voluntad voluntaria del defendido.
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La orden de denegación
El 12 de enero de 2026, el juez Alvin K. Hellerstein, titular del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, denegó la solicitud del abogado Bruce Fein para representar al acusado Nicolás Maduro Moros. La decisión establece que la petición de Fein carece de fundamento legal, puesto que no fue contratado directamente por el acusado, por su abogado registrado, Barry Pollack, ni fue designado por el tribunal.
Hellerstein, a cargo de la causa Estados Unidos de América contra Nicolás Maduro Moros, desestimó el argumento de Fein, quien basó su solicitud en información recibida de personas anónimas supuestamente pertenecientes al círculo íntimo o familia del acusado.
El juez afirmó el principio fundamental de que solo un acusado tiene la potestad de designar a su propio abogado. En consecuencia, la corte concedió la moción presentada por la defensa de Maduro para anular la comparecencia de Fein y revocó una orden previa que le había otorgado el estatus de admisión pro hac vice.
Fein admitió no haber sido contratado por Maduro ni por su equipo legal, sino que su petición se fundamentó en información recibida de fuentes no identificadas. En una respuesta no jurada, describió a estas fuentes como personas que se encuentran creíblemente dentro del círculo íntimo o familia de Maduro.
El juez Hellerstein rechazó de manera concluyente la solicitud de Fein, calificándola como carente de base legal. El razonamiento del tribunal se articuló en torno a principios claros sobre el derecho a la defensa.
La facultad de nombrar un abogado defensor recae exclusivamente en el acusado. La orden declara explícitamente: «Las personas sin nombre no pueden nombrar a un abogado; solo un acusado puede hacerlo».
La decisión subraya la imposibilidad de que un abogado se designe a sí mismo para representar a un acusado. El juez fue enfático al afirmar: «Fein no puede nombrarse a sí mismo para representar a Maduro».
La solicitud de Fein para que Maduro compareciera en el tribunal fue denegada por considerarse innecesaria.
Disputa entre abogados por defensa de Maduro
El 9 de diciembre de 2026, el abogado Bruce Fein, presentó ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York su respuesta ante la moción de eliminación de la comparecencia y a la moción de investigación rápida en cámara presentada por Barry J. Pollack.
Los dos abogados, Barry J. Pollack y Bruce Fein, presentaron comparecencias para representar a Nicolás Maduro, pero el primero, quien compareció inicialmente presentó una moción para eliminar la comparecencia de Fein, declarando que el demandado no lo conoce —a Fein— ni lo autorizó para representarlo.
Fein afirma le refirió al tribunal que actuó de buena fe con sustento en información proveniente del «círculo íntimo o la familia» del Nicolás Maduro.
Aclaró que no disputa las declaraciones de Pollack, pero argumentó que las «circunstancias extraordinarias, sorprendentes y viperinas» de la detención de Maduro justifican una verificación directa de sus deseos.
Con base en el derecho del acusado a un abogado de su elección, consagrado en la Sexta Enmienda, Fein solicitó al tribunal realizar un interrogatorio privado (in camera) con el acusado para determinar definitivamente sus preferencias de representación antes de decidir sobre la moción de eliminación.
Conflicto de representación
Esta disputa se centra en quién tiene la autoridad para representar legalmente a Nicolás Maduro Moros en el proceso penal que en su contra se sigue en el Tribunal para el Distrito Sur de Nueva York.
Los eventos clave que condujeron a la moción son:
5 de enero de 2026: Barry J. Pollack presentó una notificación de comparecencia como abogado contratado por Nicolás Maduro y lo representó en la comparecencia inicial y la lectura de cargos.
6 de enero de 2026: Bruce Fein presentó una moción para comparecer pro hac vice y una notificación de comparecencia, también en nombre de Maduro.
8 de enero de 2026: el tribunal aprobó la moción pro hac vice de Fein.
8 de enero de 2026 (más tarde): Pollack presentó una moción para eliminar la comparecencia de Fein, respaldada por una declaración que afirma que Nicolás Maduro no conoce a Fein, no se comunicó con él y no lo autorizó a comparecer en su nombre.
9 de enero de 2026: Fein presentó su respuesta a la moción y solicitó un interrogatorio in camera.
Posición y argumentos de Bruce Fein
Bruce Fein estructuró su respuesta no como una contradicción directa a los hechos presentados por Pollack, sino como una solicitud para que el tribunal verifique de forma independiente la voluntad del acusado.
Fein aseveró que su decisión de comparecer se tomó de buena fe y no de forma frívola, sino sustentado en:
Información recibida de individuos creíblemente situados dentro del círculo íntimo o la familia de Maduro».
Esta información indicaba que Maduro expresó su deseo de contar con la asistencia del abogado Fein en este asunto.
Fein subrayó que no acusa a Pollack de tergiversación o conducta profesional inapropiada, sino que acepta plenamente la representación de este. Su propósito es asegurar que sea el tribunal, y no partes interesadas, el que determine los deseos del acusado.
Fein se apoyó en dos pilares jurídicos principales:
El derecho a un abogado de elección: cita la Sexta Enmienda, la cual protege el derecho calificado de un acusado a ser representado por el «abogado de su elección» cuando este ha sido contratado.
Autoridad de supervisión del tribunal: reconoce la amplia autoridad del tribunal para gestionar las comparecencias de los abogados y garantizar que la representación refleje la «decisión informada y voluntaria» del acusado.
Según Bruce Fein, cuando existe incertidumbre sobre la autorización, el curso de acción más prudente es una investigación judicial rápida para confirmar los deseos del acusado y evitar litigios colaterales prolongados.
Fein argumentó que la situación única de Nicolás Maduro justifica una mayor diligencia por parte del tribunal. Describió las circunstancias de la detención como «extraordinarias, sorprendentes y viperinas» y detalló a los factores que podrían haber dado lugar a malentendidos o comunicaciones erróneas:
Privación de la libertad.
Restricciones de comunicación bajo custodia.
Inmersión inmediata en un proceso penal extranjero.
El proceso se lleva a cabo en un idioma extranjero.
Solicitud de Bruce Fein al tribunal
Para resolver la incertidumbre y permitir que el caso avance sobre sus méritos, Fein solicita respetuosamente al tribunal que tome las siguientes medidas:
Bruce Fein sostiene que un interrogatorio in camera es particularmente apropiado para evitar que la divulgación pública de comunicaciones relacionadas con la representación perjudique al acusado o viole la confidencialidad.
Fein declaró explícitamente su disposición a acatar la voluntad del acusado una vez que esta sea verificada por el tribunal.
Afirmó que, si el tribunal concluye que la retirada de su comparecencia reflejaría fielmente los deseos de Maduro, lo haría con presteza y procedería de acuerdo con las obligaciones profesionales aplicables que rigen la terminación de la representación.
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Tomado de Detalles de la disputa entre abogados por la defensa en el juicio a Nicolás Maduro